Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-1024)
BOP-2023-1024 Bases que han de regir la concesión de Subvenciones para Asociaciones de Personas Mayores en la Ciudad de Cáceres para el año 2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Se valorará la capacidad económica autónoma, el uso racional de los recursos y la generación de
recursos propios.
1.3. Interés general de las actividades y beneficio para los ciudadanos mayores de Cáceres
de las actividades a financiar. De 0 a 10 puntos.
Se valorará especialmente la complementariedad con las actividades y competencias
municipales, la promoción del voluntariado, la promoción del ocio saludable para personas mayores, y
la población beneficiaria.
La participación cuantitativa y cualitativa de la entidad en los diferentes espacios de
participación creado por el Ayuntamiento de Cáceres en relación con las personas mayores (Consejo
Sectorial de las Personas mayores, mes de las personas mayores, participación en acciones durante el
año 2022 .
1.4. Fomento y uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación. De 0 de
10 puntos.
Se valorará la instalación o mantenimiento de conexiones de internet en la sede. La utilización
de las nuevas tecnologías, uso de internet y redes sociales, para actividades de comunicaciones,
relacionales, de formación asociativa, promoción de la alfabetización tecnológica entre los asociados/as,
creación de página Web asociativa u otros elementos de dinamización asociativa.
1.5. Realización de actividades formativas de dinamización asociativa tales como cursos o
talleres presenciales o a través de video conferencias o conexiones por internet o whatsapp De 0
a 10 puntos.
1.6. Explicación clara de las acciones y calidad del proyecto, que las actividades se
expresen mediante un plazo preciso y temporalizado, que tenga coherencia interna, cuantificando
costes, lugar, recursos humanos. De 0 a 10 puntos
2.- En el caso de remanente en la cuantía global asignada a este Plan de subvenciones, el
sobrante se destinará a financiar a proyectos por razones de interés público y social.
BASE UNDÉCIMA: PUBLICIDAD.-
Conforme a lo indicado en el artículo 24 de la Ordenanza de Subvenciones del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, se deberán publicar en la Base Nacional de Datos de Subvenciones, durante
el mes siguiente a cada trimestre natural y se incluirán todas las subvenciones concedidas durante dicho
periodo, cualquiera que sea el procedimiento de concesión y la forma de instrumentación.
Según lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley General de Subvenciones, en la
redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos
Nacional de Subvenciones las subvenciones concedidas con indicación según cada caso, de la
convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y
objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectos
subvencionados.
BASE DUODÉCIMA.- REFORMULACIÓN DE LAS SOLICITUDES
CVE:
BOP-2023-1024
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
Pág. 5764