Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-989)
BOP-2023-989 Convocatoria bolsa de empleo temporal de Arquitectos/as.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
7.8.- El Tribunal Calificador podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier
momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno
o varios de los requisitos, el Tribunal Calificador, previa audiencia a la persona
interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes
admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la
persona aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que
procedan.
Asimismo, si el Tribunal Calificador, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera
conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos
competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter
de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento a la persona
interesada, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que la persona aspirante carece de capacidad
funcional, el Tribunal, previa audiencia de la persona interesada, emitirá propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente, la persona aspirante
podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
7.9 Se publicará en el tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la web municipal
(www.aytonavalmoral.es) y en el ta y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0 la convocatoria del tribunal así como
el inicio del proceso selectivo.
OCTAVA. Actuación de los aspirantes.
8.1 Actuación de los aspirantes: Se realizará por orden alfabético, a partir de la letra que
resulte del sorteo que se realiza anualmente para los procesos selectivos de la
Administración General del Estado, en aquellos ejercicios que no puedan llevarse a
cabo de manera conjunta, por todos los aspirantes presentados.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de
su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las
adaptaciones de tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios
debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s
deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Cód.
Validación:
AHDCG3Q4LMGJMG36SD3NMYHKP
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
en:
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5522
7.8.- El Tribunal Calificador podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier
momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno
o varios de los requisitos, el Tribunal Calificador, previa audiencia a la persona
interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes
admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la
persona aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que
procedan.
Asimismo, si el Tribunal Calificador, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera
conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos
competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter
de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento a la persona
interesada, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que la persona aspirante carece de capacidad
funcional, el Tribunal, previa audiencia de la persona interesada, emitirá propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente, la persona aspirante
podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
7.9 Se publicará en el tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la web municipal
(www.aytonavalmoral.es) y en el ta y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0 la convocatoria del tribunal así como
el inicio del proceso selectivo.
OCTAVA. Actuación de los aspirantes.
8.1 Actuación de los aspirantes: Se realizará por orden alfabético, a partir de la letra que
resulte del sorteo que se realiza anualmente para los procesos selectivos de la
Administración General del Estado, en aquellos ejercicios que no puedan llevarse a
cabo de manera conjunta, por todos los aspirantes presentados.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de
su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las
adaptaciones de tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios
debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s
deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5522