Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-989)
BOP-2023-989 Convocatoria bolsa de empleo temporal de Arquitectos/as.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
personal laboral de este Ayuntamiento, abonarán por su participación en
pruebas selectivas al apartado 1., la cantidad de cero euros”.
No se considerará como desempleadas a aquellas personas que, aun figurando como
desempleadas en el Servicio Público de Empleo correspondiente, no tengan recogida su
situación de desempleo en su vida laboral.
5.3.- Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas
aspirantes que hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas selectivas. A
tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud de la persona interesada. No se
procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las
pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
SEXTA.- Admisión de aspirantes.
6.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta de
la Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as, así como la de excluidos/as y las causas que han motivado la exclusión.
Dicha resolución se publicará en la página web municipal (www.aytonavalmoral.es) y
en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional
Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta
el momento en el que los órganos competentes aprueben disposiciones para la
aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima. En la resolución se hará
constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro
del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos,
serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
6.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios, en la página
web municipal (www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de
sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Cód.
Validación:
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Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
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Lunes, 20 de febrero de 2023
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