Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-989)
BOP-2023-989 Convocatoria bolsa de empleo temporal de Arquitectos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata, así como en cualquiera de las formas que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Si la documentación se presenta a través de oficinas de
Correos, la solicitud deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el
personal de Correos, antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la
solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de
notificaciones.
QUINTA.- Derechos de examen.
5.1.- Los derechos de examen serán de 30,00 €, que se ingresarán en alguno de los
siguientes números de cuentas, indicando en el concepto “Bolsa de Trabajo de una Plaza
de Arquitecto/a”:
ENTIDAD Nº CUENTA
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA IBAN ES85 0182 6232 8102 0010 0798
UNICAJA IBAN ES35 2103 7102 4100 3001 7135
BANCO SANTANDER IBAN ES08 0049 2522 6124 1479 3427
En ningún caso la presentación y pago de las tasas supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en la base cuarta.
5.2.- De acuerdo con lo establecido en la NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales, de
la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata reguladora de la tasa
por expedición de documentos administrativos:
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo
correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota
prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas
selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2.
Deberán aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo
correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que
tengan reconocida por la Administración Pública competente un grado de
discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en
pruebas selectivas a cualquiera de los apartados anteriores 1. y 2., la
cantidad de cero euros. Deberán aportar fotocopia compulsada de la
declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el
Organismo o autoridad competente.
3) Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los funcionarios o
Cód.
Validación:
AHDCG3Q4LMGJMG36SD3NMYHKP
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-989
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5518
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata, así como en cualquiera de las formas que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Si la documentación se presenta a través de oficinas de
Correos, la solicitud deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el
personal de Correos, antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la
solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de
notificaciones.
QUINTA.- Derechos de examen.
5.1.- Los derechos de examen serán de 30,00 €, que se ingresarán en alguno de los
siguientes números de cuentas, indicando en el concepto “Bolsa de Trabajo de una Plaza
de Arquitecto/a”:
ENTIDAD Nº CUENTA
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA IBAN ES85 0182 6232 8102 0010 0798
UNICAJA IBAN ES35 2103 7102 4100 3001 7135
BANCO SANTANDER IBAN ES08 0049 2522 6124 1479 3427
En ningún caso la presentación y pago de las tasas supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en la base cuarta.
5.2.- De acuerdo con lo establecido en la NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales, de
la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata reguladora de la tasa
por expedición de documentos administrativos:
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo
correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota
prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas
selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2.
Deberán aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo
correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que
tengan reconocida por la Administración Pública competente un grado de
discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en
pruebas selectivas a cualquiera de los apartados anteriores 1. y 2., la
cantidad de cero euros. Deberán aportar fotocopia compulsada de la
declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el
Organismo o autoridad competente.
3) Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los funcionarios o
Cód.
Validación:
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5518