Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-985)
BOP-2023-985 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de Oficial de 1.ª C.E.E. "El Madroño".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
público de acuerdo con los criterios que se establezcan
reglamentariamente. El personal seleccionado por este procedimiento
no puede incorporarse a ninguna bolsa de trabajo cuando cese”. En
este caso, será preciso reunir los requisitos de acceso exigidos en la
presente convocatoria.
DÉCIMOPRIMERA.- RENUNCIAS.
11. 1. Con carácter general, cuando el interesado no se
personase en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento en el
plazo establecido de dos días hábiles para la aceptación o
renuncia al puesto de trabajo ofertado desde la notificación
recibida mediante SMS al teléfono móvil facilitado o al domicilio
cuando expresamente se hubiera manifestado este medio a
efectos de comunicaciones o no conste de manera fehaciente en
los términos previstos en la Ley 39/2015 , de 1 de Octubre,
conllevará la exclusión automática del aspirante de la Bolsa de
Trabajo, excepto para el caso previsto de coberturas temporales
siguiendo el procedimiento de urgencia.
12. 2. La renuncia a una cobertura temporal por las causas
justificadas que a continuación se expresan conllevará la
situación de inactivo, permaneciendo en el mismo puesto de la
bolsa de trabajo durante el periodo que dure el motivo que haya
conllevado la citada situación, siempre y cuando quede
debidamente justificado documentalmente. Finalizada la causa
que da lugar a las situaciones relacionadas, se deberá comunicar
en el plazo máximo de 15 días en el Registro General de Entrada
de documentos, que hasta esa notificación mantendrá al
candidato en la situación de inactivo en la bolsa correspondiente.
Se dará como alta disponible a partir del día siguiente al que
comunique de manera fehaciente en los términos previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre su disponibilidad. Si el candidato
no realiza dicha notificación en el plazo indicado supondrá su
exclusión definitiva de la bolsa.
Con carácter general, serán causas justificadas, las siguientes:
Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico
de Asistencia Sanitaria, o situación de baja por incapacidad
temporal del interesado con fecha anterior al momento de la
comunicación de la oferta de trabajo.
Cód.
Validación:
552PJNW6W9GP23S4ECTF3R36Q
|
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
17
CVE:
BOP-2023-985
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5481
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
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público de acuerdo con los criterios que se establezcan
reglamentariamente. El personal seleccionado por este procedimiento
no puede incorporarse a ninguna bolsa de trabajo cuando cese”. En
este caso, será preciso reunir los requisitos de acceso exigidos en la
presente convocatoria.
DÉCIMOPRIMERA.- RENUNCIAS.
11. 1. Con carácter general, cuando el interesado no se
personase en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento en el
plazo establecido de dos días hábiles para la aceptación o
renuncia al puesto de trabajo ofertado desde la notificación
recibida mediante SMS al teléfono móvil facilitado o al domicilio
cuando expresamente se hubiera manifestado este medio a
efectos de comunicaciones o no conste de manera fehaciente en
los términos previstos en la Ley 39/2015 , de 1 de Octubre,
conllevará la exclusión automática del aspirante de la Bolsa de
Trabajo, excepto para el caso previsto de coberturas temporales
siguiendo el procedimiento de urgencia.
12. 2. La renuncia a una cobertura temporal por las causas
justificadas que a continuación se expresan conllevará la
situación de inactivo, permaneciendo en el mismo puesto de la
bolsa de trabajo durante el periodo que dure el motivo que haya
conllevado la citada situación, siempre y cuando quede
debidamente justificado documentalmente. Finalizada la causa
que da lugar a las situaciones relacionadas, se deberá comunicar
en el plazo máximo de 15 días en el Registro General de Entrada
de documentos, que hasta esa notificación mantendrá al
candidato en la situación de inactivo en la bolsa correspondiente.
Se dará como alta disponible a partir del día siguiente al que
comunique de manera fehaciente en los términos previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre su disponibilidad. Si el candidato
no realiza dicha notificación en el plazo indicado supondrá su
exclusión definitiva de la bolsa.
Con carácter general, serán causas justificadas, las siguientes:
Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico
de Asistencia Sanitaria, o situación de baja por incapacidad
temporal del interesado con fecha anterior al momento de la
comunicación de la oferta de trabajo.
Cód.
Validación:
552PJNW6W9GP23S4ECTF3R36Q
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Verificación:
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Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5481