Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-985)
BOP-2023-985 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de Oficial de 1.ª C.E.E. "El Madroño".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er
grado de consanguinidad o afinidad acreditada por certificado y
libro de familia.
En caso de maternidad, si la renuncia se produce entre el séptimo
mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto,
decimoctava si el parto es múltiple.
Encontrarse en situación de alta laboral independientemente de
que la jornada sea a tiempo completo o parcial.
Estas causas deberán ser justificadas en el plazo máximo de 2 días
hábiles concedido para la aceptación o renuncia al puesto de trabajo.
En el caso de no justificar documentalmente las citadas situaciones en
el plazo concedido al efecto en las Oficinas del Ayuntamiento, el/la
aspirante resultará excluido automáticamente de la bolsa de trabajo.
11.3. Conllevará la exclusión automáticamente de la Bolsa de Trabajo
los siguientes casos:
Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa
justificada.
Renuncia al puesto de trabajo una vez iniciada la relación
contractual.
No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de
trabajo.
Si iniciado un expediente disciplinario al trabajador afectado se
calificara la falta como leve, grave o muy grave.
Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos
aportados en la solicitud.
Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos
profesionales desarrollados en contrataciones anteriores.
La falta de presentación injustificada de la documentación
requerida para la realización del contrato, en el plazo establecido.
No presentarse en la fecha establecida por el Departamento de
Personal al objeto de proceder a la firma del contrato de trabajo,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
Cód.
Validación:
552PJNW6W9GP23S4ECTF3R36Q
|
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
13
de
17
CVE:
BOP-2023-985
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5482
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er
grado de consanguinidad o afinidad acreditada por certificado y
libro de familia.
En caso de maternidad, si la renuncia se produce entre el séptimo
mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto,
decimoctava si el parto es múltiple.
Encontrarse en situación de alta laboral independientemente de
que la jornada sea a tiempo completo o parcial.
Estas causas deberán ser justificadas en el plazo máximo de 2 días
hábiles concedido para la aceptación o renuncia al puesto de trabajo.
En el caso de no justificar documentalmente las citadas situaciones en
el plazo concedido al efecto en las Oficinas del Ayuntamiento, el/la
aspirante resultará excluido automáticamente de la bolsa de trabajo.
11.3. Conllevará la exclusión automáticamente de la Bolsa de Trabajo
los siguientes casos:
Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa
justificada.
Renuncia al puesto de trabajo una vez iniciada la relación
contractual.
No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de
trabajo.
Si iniciado un expediente disciplinario al trabajador afectado se
calificara la falta como leve, grave o muy grave.
Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos
aportados en la solicitud.
Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos
profesionales desarrollados en contrataciones anteriores.
La falta de presentación injustificada de la documentación
requerida para la realización del contrato, en el plazo establecido.
No presentarse en la fecha establecida por el Departamento de
Personal al objeto de proceder a la firma del contrato de trabajo,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
Cód.
Validación:
552PJNW6W9GP23S4ECTF3R36Q
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BOP-2023-985
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5482