Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-978)
BOP-2023-978 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Ladrillar.
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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Artículo 5. Denominación del consorcio.
La entidad pública que se constituye se denominará “consorcio para la
Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Cáceres,
MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES, “MásMedio”.
Artículo 6. Domicilio social.
La sede de los órganos de gobierno, dirección y administración del consorcio
será el Edificio Julián Murillo situado en la Ronda San Francisco, 3 de Cáceres,
considerándose como domicilio legal a todos los efectos. No obstante, podrán
celebrarse las sesiones en cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios de
otra titularidad cedidos al efecto. Asimismo, el cambio de la sede del consorcio
requerirá acuerdo de la Junta General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- El consorcio, aprobará, simultáneamente con el presupuesto anual, la
plantilla de personal y relación de puestos de trabajo, de conformidad con la
normativa vigente.
Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha
de constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las
distintas entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con
la normativa de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal
procedente de las Administraciones participantes en el consorcio en atención a la
singularidad de las funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, u órganos competentes de la Administración a la que se
adscriba el consorcio, podrá autorizar la contratación directa de personal por parte
del consorcio para el ejercicio de dichas funciones.
2.- El consorcio estará sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y
control de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, debiendo el presupuesto de
este consorcio integrarse en el presupuesto del referido ente matriz y en la cuenta
general.
Artículo 8. Aportaciones.
1.- Se podrá requerir a las entidades integradas al consorcio una cuota de
participación que será fijada anualmente por la Junta General, con efectos 1 de enero
al 31 de diciembre, de cada ejercicio.
Asimismo, podrán establecerse cuotas variables por la prestación de
servicios cuyo coste no esté incluido en la cuota de participación.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5407
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Artículo 5. Denominación del consorcio.
La entidad pública que se constituye se denominará “consorcio para la
Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Cáceres,
MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES, “MásMedio”.
Artículo 6. Domicilio social.
La sede de los órganos de gobierno, dirección y administración del consorcio
será el Edificio Julián Murillo situado en la Ronda San Francisco, 3 de Cáceres,
considerándose como domicilio legal a todos los efectos. No obstante, podrán
celebrarse las sesiones en cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios de
otra titularidad cedidos al efecto. Asimismo, el cambio de la sede del consorcio
requerirá acuerdo de la Junta General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- El consorcio, aprobará, simultáneamente con el presupuesto anual, la
plantilla de personal y relación de puestos de trabajo, de conformidad con la
normativa vigente.
Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha
de constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las
distintas entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con
la normativa de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal
procedente de las Administraciones participantes en el consorcio en atención a la
singularidad de las funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, u órganos competentes de la Administración a la que se
adscriba el consorcio, podrá autorizar la contratación directa de personal por parte
del consorcio para el ejercicio de dichas funciones.
2.- El consorcio estará sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y
control de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, debiendo el presupuesto de
este consorcio integrarse en el presupuesto del referido ente matriz y en la cuenta
general.
Artículo 8. Aportaciones.
1.- Se podrá requerir a las entidades integradas al consorcio una cuota de
participación que será fijada anualmente por la Junta General, con efectos 1 de enero
al 31 de diciembre, de cada ejercicio.
Asimismo, podrán establecerse cuotas variables por la prestación de
servicios cuyo coste no esté incluido en la cuota de participación.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5407