Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2023-923)
BOP-2023-923 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro de Día.
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Usuarios/as válidos/as: comida, cena, apoyo personal y lavandería. (desayuno, comida
y merienda).
Dependientes: comida, cena, cuidados personales y lavandería. (desayuno, comida y
merienda).
El servicio se presta de lunes a viernes en horario de 9:00 a 21:00 horas.
ARTÍCULO 2. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
Al Excmo. Ayuntamiento de Huélaga como titular del centro, le corresponde velar por la
observancia de las normas establecidas en este Reglamento, así como en general supervisar
todos los servicios del centro y, en su caso, adoptar las medidas necesarias para asegurar el
buen funcionamiento del mismo, de forma que este se adapte a las necesidades de las
personas usuarias y a las normas que sean de aplicación.
ARTÍCULO 3. ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL
CENTRO DE DÍA.
El presente reglamento, para su entrada en vigor, necesitará el preceptivo informe favorable de
la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales del Gobierno de Extremadura, entregándose un
ejemplar a las personas usuarias en el momento de su ingreso en el servicio, siendo de
aplicación a todas las personas usuarias del mismo, así como al personal que preste sus
servicios en él, en lo que le sea de aplicación.
Igualmente deberá ser de obligatoria observancia para los/as acompañantes y visitantes en
todo aquello que les afecte.
TÍTULO PRIMERO. PERSONAS USUARIAS DEL CENTRO DE DÍA
ARTÍCULO 4. ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE USUARIO/A.
4.1. El número de personas usuarias del Centro de Día será de veinte personas, 10 plazas
para personas autónomas y 10 plazas para personas en situación de dependencia. No se
puede hacer un cómputo total de las mismas ni utilizarlas según las necesidades surgidas.
4.2. Podrán adquirir la condición de usuarios/as las personas que cumplan los siguientes
requisitos:
Tener cumplidos 60 años en el momento de solicitar el servicio.
Ser pensionistas y tener cumplidos 55 años.
CVE:
BOP-2023-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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