Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-909)
BOP-2023-909 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para entidades de acción social en la ciudad de Cáceres para el año 2023.
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establecido en el apartado 1º de la presente base, y hayan sido efectivamente pagados con
anterioridad a la finalización del período de justificación previsto en el citado apartado 1º.
4. Contenido de la cuenta justificativa a presentar. En virtud de las determinaciones
previstas en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la justificación se realizará
mediante la presentación de cuenta justificativa, que incorporará los siguientes documentos:
4.1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos. La memoria deberá contener al menos:
 Relación de actividades realizadas, precisando en cada una, al menos, el
cumplimiento de las condiciones para la obtención de la subvención, resultados
obtenidos o en su caso, declaración responsable haciendo constar tales extremos
suscrita por el Secretario de la entidad beneficiaria, en caso de personas jurídicas, o
de la persona física beneficiaria de la subvención el nº de personas que han
participado y la fecha de realización.
 Relación de actividades planificadas no efectuadas y motivos de su no realización.
 Evaluación de las actividades con referencia a los resultados esperados y
planificados y los efectivamente conseguidos.
 Cuadro Presupuestario Resumen.
4.2.- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación
del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada
gasto con la actividad subvencionada. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
4.3.- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4.4.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
4.5.- Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno
de los gastos será la que se relaciona a continuación:
a) Gastos de suministros y servicios.
Con carácter general los gastos se justificarán mediante la presentación de facturas
originales o copias compulsadas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni
enmiendas). No serán válidos como justificantes, en ningún caso, tickets de caja, albaranes,
presupuestos, notas de entrega, etc.
En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el siguiente
régimen de justificación:
CVE:
BOP-2023-909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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