Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2023-750)
BOP-2023-750 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de IBI.
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ARTÍCULO 9. Período Impositivo y Devengo del Impuesto.
El período impositivo es el año natural, devengándose el Impuesto el primer día del período
impositivo.
Las variaciones de orden físico, económico o jurídico, incluyendo las modificaciones de la
titularidad de los bienes inmuebles, tendrán efectividad en el periodo impositivo siguiente a
aquel en que se produzcan dichas variaciones.
Artículo 10. Obligaciones formales.
1. Las alteraciones concernientes a los bienes Inmuebles susceptibles de inscripción catastral
que tengan trascendencia a efectos de este Impuesto determinarán la obligación de los sujetos
pasivos de formalizar las declaraciones conducentes a su inscripción en el Catastro
Inmobiliario, conforme a lo establecido en sus normas reguladoras.
2. Sin perjuicio de la facultad de la Dirección General del Catastro de requerir al/a interesado/a
la documentación que en cada caso resulte pertinente, en este Municipio, y en el marco del
procedimiento de comunicación previsto en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario,
las declaraciones a las que alude el apartado anterior se entenderán realizadas cuando las
circunstancias o alteraciones a que se refieren consten en la correspondiente licencia o
autorización municipal, supuesto en el que el sujeto pasivo quedará exento de la obligación de
declarar antes mencionada.
Artículo 11. Pago e ingreso del Impuesto.
1. El plazo de ingreso de las deudas de cobro por recibo notificadas colectivamente se
determinará cada año y se anunciará públicamente en el Boletín Oficial de la Provincia y el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las liquidaciones de ingreso directo se satisfarán en los plazos fijados por el Reglamento
General de Recaudación, que son:
a) Para las notificadas dentro de la primera quincena del mes, hasta el día 5 del mes
natural siguiente.
b) Para las notificadas dentro de la segunda quincena del mes, hasta el día 20 del mes
natural siguiente.
CVE:
BOP-2023-750
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de febrero de 2023
N.º 0028
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