Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-725)
BOP-2023-725 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Madroñera
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y general.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de
Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por la Junta
General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias estime
conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o privadas, sin
perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al Vicepresidente.
g) Órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de servicios,
de gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales y contratos privados,
cualquiera que fuera su importe y duración. Asimismo, la adquisición de bienes
inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, cualquiera que sea su valor.
CVE:
BOP-2023-725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de febrero de 2023
N.º 0027
Pág. 4207
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CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y general.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de
Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por la Junta
General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias estime
conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o privadas, sin
perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al Vicepresidente.
g) Órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de servicios,
de gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales y contratos privados,
cualquiera que fuera su importe y duración. Asimismo, la adquisición de bienes
inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, cualquiera que sea su valor.
CVE:
BOP-2023-725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de febrero de 2023
N.º 0027
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