Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-725)
BOP-2023-725 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Madroñera
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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h) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General.
i) Designar comisiones y ponencias para el estudio y formulación de propuestas en las
materias del objeto del consorcio.
j) Nombrar y separar al personal técnico, administrativo y laboral al servicio del consorcio
y establecer su régimen de trabajo, así como aprobar las bases de selección y contratación
del personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 de los presentes Estatutos.
k) Recabar el importe de las aportaciones económicas que han de realizar los miembros
del consorcio en ejecución de las previsiones presupuestarias aprobadas por la Junta
General.
l) Proponer los presupuestos anuales y la aprobación de las cuentas anuales. Le
corresponderá, asimismo, la aprobación de las liquidaciones de los presupuestos anuales,
así como la incoación, trámite y aprobación de cualquier modificación presupuestaria
atribuida por la legislación de régimen local y Haciendas Locales, a los Alcaldes.
m) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, que, conforme a la legislación
de Régimen Local y Haciendas Locales, están atribuidas a los Alcaldes.
n) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Presidente de la
entidad local.
o) La declaración de no disponibilidad de los créditos.
p) Aprobar la oferta de empleo público, las bases de selección y contratación del personal
y en general la jefatura superior de personal, de conformidad con lo previsto en el artículo
7.1 de los presentes Estatutos.
q) De conformidad a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 diciembre, de transparencia,
acceso a la información y buen gobierno, admisión o inadmisión de solicitudes de acceso
a la información del consorcio.
r) Ejercitar acciones judiciales y administrativas con carácter de urgencia, dando cuenta
de ello a la Junta General.
s) Realizar toda clase de actividades y gestiones que fueran precisas para el interés del
consorcio y su buen funcionamiento.
t) Cualquier otra atribución no reservada expresamente en los estatutos o en las
disposiciones en vigor, a otro órgano diferente del consorcio.
u) Y aquellas competencias atribuidas por la normativa de régimen local a los Alcaldes o
Presidentes de las Corporaciones Locales.
CVE:
BOP-2023-725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de febrero de 2023
N.º 0027
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h) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General.
i) Designar comisiones y ponencias para el estudio y formulación de propuestas en las
materias del objeto del consorcio.
j) Nombrar y separar al personal técnico, administrativo y laboral al servicio del consorcio
y establecer su régimen de trabajo, así como aprobar las bases de selección y contratación
del personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 de los presentes Estatutos.
k) Recabar el importe de las aportaciones económicas que han de realizar los miembros
del consorcio en ejecución de las previsiones presupuestarias aprobadas por la Junta
General.
l) Proponer los presupuestos anuales y la aprobación de las cuentas anuales. Le
corresponderá, asimismo, la aprobación de las liquidaciones de los presupuestos anuales,
así como la incoación, trámite y aprobación de cualquier modificación presupuestaria
atribuida por la legislación de régimen local y Haciendas Locales, a los Alcaldes.
m) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, que, conforme a la legislación
de Régimen Local y Haciendas Locales, están atribuidas a los Alcaldes.
n) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Presidente de la
entidad local.
o) La declaración de no disponibilidad de los créditos.
p) Aprobar la oferta de empleo público, las bases de selección y contratación del personal
y en general la jefatura superior de personal, de conformidad con lo previsto en el artículo
7.1 de los presentes Estatutos.
q) De conformidad a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 diciembre, de transparencia,
acceso a la información y buen gobierno, admisión o inadmisión de solicitudes de acceso
a la información del consorcio.
r) Ejercitar acciones judiciales y administrativas con carácter de urgencia, dando cuenta
de ello a la Junta General.
s) Realizar toda clase de actividades y gestiones que fueran precisas para el interés del
consorcio y su buen funcionamiento.
t) Cualquier otra atribución no reservada expresamente en los estatutos o en las
disposiciones en vigor, a otro órgano diferente del consorcio.
u) Y aquellas competencias atribuidas por la normativa de régimen local a los Alcaldes o
Presidentes de las Corporaciones Locales.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0027
Pág. 4208