Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2023-634)
BOP-2023-634 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza nº 35 "Tasa por Expedición de Documentos Administrativos a Instancia de Parte".
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
La cuota de tarifa corresponde a tramitación completa, en cada instancia, del documento o
expediente de que se trate, desde su iniciación hasta su resolución final, incluida la certificación
y notificación al interesado del acuerdo recaído.
Artículo 7º.- Tarifas
CONCEPTO EUROS
Presentación de documentos con el único objeto de que sean cursados a
Organismos Locales, Provinciales, Autónomos o Estatales
0
Certificados de empadronamiento, convivencia, y aquellos Certificados que se
expidan para su constancia ante otras Administraciones estatales, autonómicas o
locales
0
Certificados de actas de sesiones plenarias, ó junta local de gobierno 3
Certificados gráficas y descriptivas de viviendas y otras construcciones 0
Por cada duplicado de Licencia de apertura u obra 3
Por cada cédula urbanística 30
Por cada certificación relativa a datos contenidos en las Normas Subsidiarias
Municipales
30
Por la expedición de la Cédula de Habitabilidad 10
Por tramitación de expedientes de modificación de NNSS 200
Por la expedición de fotocopias:
Formato A4
Formato A3
0,50
1
Reconocimiento de firma 6
Licencias de Segregación, por cada parcela segregada 10
Compulsa de Documentos 0
Derechos de examen:
para acceso como funcionario de carrera al grupo de titulación A, o como laboral
fijo nivel o grupo de cotización 1.
Para acceso como funcionario de carrera al grupo de titulación B, o como laboral
fijo nivel o grupo de cotización 2
Para acceso como funcionario de carrera al grupo de titulación C, o como
laboral fijo o nivel o grupo de cotización 3 y 4
Para acceso como funcionario de carrera al grupo de titulación D o como laboral
fijo nivel o grupo de cotización 5 y 6
Para acceso como funcionario de carrera al grupo de titulación E o como laboral
fijo nivel o grupo de cotización 7, 8, 9 y 10
24
18
15
12
9
Artículo 8.- Bonificaciones de la cuota
No se concederán más bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las
derivadas de la aplicación de los Tratados Internacionales.
Artículo 9.- Devengo
1. Se devengará la Tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se presente la solicitud que
inicie la tramitación de los documentos y expedientes sujetos al tributo; o, en su caso, cuando
tengan lugar las circunstancias que provoquen la actuación municipal de oficio o cuando ésta se
inicie sin previa solicitud del interesado, pero redunde en su beneficio.
2. La tasa por expedición de documentos administrativos se exigirá en régimen de
autoliquidación, debiendo el sujeto pasivo, en el momento de presentar la correspondiente
solicitud, acreditar el ingreso del importe total estimado de la deuda tributaria, a cuenta de la
liquidación que en definitiva corresponda.
3. Los escritos recibidos por los conductos a que hace referencia la Ley de Procedimiento
Administrativo, que no vengan debidamente reintegrados, serán admitidos provisionalmente,
pero no podrán dárseles curso sin que se subsane la deficiencia, a cuyo fin se requerirá al
CVE:
BOP-2023-634
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de febrero de 2023
N.º 0025
Pág. 3879