Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-546)
BOP-2023-546 Bases y Convocatoria de subvención para la mejora de infraestructura eléctrica (MIE-2023).
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Se pone de manifiesto así que las actuaciones objeto de ésta subvención resultan
completamente necesarias ya que la falta del cumplimiento de la normativa podrían condicionar
en acceso a en cualquier convocatoria de ayudas, incluido el PROGRAMA DUS 5000, para las
cuales es requisito necesario disponer del citado certificado BT de la Dirección General de
Industria y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura.
Así mismo, en el marco competencial del art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local regula que “Son competencias propias de la Diputación o entidad
equivalente las que le atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades
Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso, las siguientes:
a) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación
integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31.
b) La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios,
especialmente los de menor capacidad económica y de gestión (...).
d) La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación
en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás
Administraciones Públicas en este ámbito”.
A continuación, este mismo artículo 36 de la LRBRL, añade que “A los efectos de lo dispuesto
en las letras a), b) y c) del apartado anterior, la Diputación o entidad equivalente: (...).
b) Asegura el acceso de la población de la Provincia al conjunto de los servicios
mínimos de competencia municipal y a la mayor eficacia y economía en la prestación de
éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal.
Con esta finalidad, las Diputaciones o entidades equivalentes podrán otorgar subvenciones y
ayudas con cargo a sus recursos propios para la realización y el mantenimiento de obras y
servicios municipales, que se instrumentarán a través de planes especiales u otros
instrumentos específicos”.
Y por lo que respecta a los fines propios y específicos de la provincia, regula que “Son fines
propios y específicos de la Provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio
intermunicipales, en el marco de la política económica y social y en particular:
a) Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de
los servicios de competencia municipal (...)”.
CVE:
BOP-2023-546
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 1 de febrero de 2023
N.º 0022
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