Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2023-513)
BOP-2023-513 Aprobación Reglamento servicio municipal de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y depuración.
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sobre el medio ambiente y que las aguas receptoras cumplan otras normativas de
calidad.
Permitir la evacuación de los lodos a otros medios con completa seguridad.
Artículo 31. Construcción y explotación.
Las instalaciones a las que se refiere el párrafo anterior deberán ser construidas y explotadas
por el/a propio/a usuario/a.
Dichas instalaciones podrán ser realizadas por un sólo usuario o una agrupación de ellos,
siempre que esta última esté legalmente constituida.
Artículo 32. Medidas especiales.
La Administración Municipal, en los casos que considere oportuno y en función de los datos de
que disponga, podrá exigir la adopción de medidas especiales de seguridad, a fin de prevenir
accidentes que pudieran suponer un vertido incontrolado a las redes de productos
almacenados de carácter peligroso.
TÍTULO V. CANON DE SANEAMIENTO.
Artículo 33. Canon de saneamiento.
El Ayuntamiento establecerá una tasa de saneamiento a todos los vertidos que se produzcan a
colectores municipales y/o sean tratados en la E.D.A.R.
Los vertidos domésticos se gravarán con una cantidad en €/m3 de agua consumida del
abastecimiento.
Los vertidos industriales se gravarán en función del caudal y la concentración vertida de los
contaminantes (parámetros) más significativos. A este fin, podrán establecerse unos
coeficientes multiplicadores dependiendo del tipo de sustancia contaminante.
El importe de este canon tendrá que cubrir los costes de explotación y mantenimiento de la
E.D.A.R. y los de la red municipal de colectores.
TÍTULO VI. MEDIDAS, INSPECCIÓN Y SANCIONES.
CAPÍTULO 1: Caracterización de los vertidos.
Artículo 34. Métodos analíticos.
CVE:
BOP-2023-513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
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