Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2023-513)
BOP-2023-513 Aprobación Reglamento servicio municipal de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y depuración.
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restablecimiento del servicio, ni en vísperas de días en que se den algunas de estas
circunstancias.
El restablecimiento del servicio se realizará el mismo día o, en su defecto al siguiente día hábil
en que hayan sido subsanadas las causas que originaron el corte de suministro.
La notificación del corte de suministro, incluirá, como mínimo, los siguientes puntos:
Nombre y dirección del/a abonado/a.
Nombre y dirección de la finca abastecida.
Fecha a partir de la cual se producirá el corte.
Detalle de la razón que origina el corte.
Nombre, dirección, teléfono y horario de las oficinas comerciales del Servicio de
Agua en que puedan subsanarse las causas que originaron el corte.
El Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, publicará el oportuno edicto en el Boletín Oficial de
la Provincia, en el que se contenga el listado nominal de abonados/as que serán objeto de
corte, con indicación de la fecha a partir de la cual tendrá lugar el mismo.
Asimismo, el Servicio de Aguas, comunicará a cada abonado/a, mediante correo certificado y
con carácter previo a la publicación en el BOP, todos los datos antes reseñados, para su
conocimiento y efectos, con el objeto de que pueda practicar las oportunas alegaciones.
De presentarse alguna, éstas serán resueltas y caso de persistir los motivos que originan el
corte de suministro, pasará a incluirse en el listado de abonados/as que se dará a conocer al
Ayuntamiento de Valencia de Alcántara para su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y posterior corte.
Los costes generados por las oportunas publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia,
serán satisfechos por la Entidad Gestora del Servicio de Aguas, en aplicación a su vez de la
Tasa por corte y Tasa por reapertura de suministro que se creará a tal efecto por el
Ayuntamiento de Valencia de Alcántara.
De la misma forma, el corte de suministro traerá consigo para el/a abonado/a la obligación de
pago de la tasa determinada en la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Suministro y
Distribución de Agua, haciéndose extensivo también, para el caso de reapertura del suministro.
La suspensión del suministro de agua potable, salvo en los supuestos de corte inmediato, no
podrá realizarse en días festivos o días en que, por cualquier motivo, no exista servicio
administrativo y técnico de atención al público, a efectos de la tramitación completa del
CVE:
BOP-2023-513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
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