Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2023-513)
BOP-2023-513 Aprobación Reglamento servicio municipal de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y depuración.
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Cuantas circunstancias se hagan constar en la solicitud de suministro, que se regula
anteriormente, se harán bajo la exclusiva responsabilidad del/a solicitante y servirán de base
para regular las condiciones del referido suministro.
A la solicitud de suministro, el peticionario acompañará la documentación siguiente:
Boletín de instalador o Declaración Responsable.
Copias de los permisos municipales establecidos en cada momento, tales como la
Licencia de Primera Ocupación y la Cédula de Habitabilidad.
Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que acredite el derecho
de disponibilidad sobre el inmueble para el que solicite el suministro.
Documento que acredite la personalidad del/a contratante.
Documento de constitución de la servidumbre que, en su caso, pudiera ser necesario
establecer para las instalaciones del suministro en cuestión.
ARTÍCULO 9. CONTRATO DE SUMINISTRO.
A partir de la solicitud de un suministro, el Servicio Municipal de Aguas, comunicará por escrito,
al Ayuntamiento, el estudio de las condiciones técnico-económicas para realizar el mismo, en el
plazo máximo de 15 días hábiles.
El/a solicitante, una vez recibida la notificación de las condiciones técnico-económicas,
dispondrán de un plazo de 30 días para la formalización del contrato. Transcurrido ese plazo
sin que se haya formalizado, se entenderá decaída la solicitud.
Se entenderá que dicho contrato o póliza de suministro no estará perfeccionado mientras el/a
solicitante no haya cubierto las obligaciones económicas, técnicas y administrativas que, de
acuerdo con el presente Reglamento, estuviese obligado a sufragar o cumplimentar.
Una vez abonados los derechos y cumplimentados los requisitos correspondientes para el
solicitante, el Servicio Municipal de Aguas estará obligado/a a la puesta en servicio de la
instalación y suministro, en un plazo establecido de 15 días hábiles a partir de la fecha de
contratación y abono.
La demora en la concesión de las autorizaciones o permisos necesarios para la realización de
los trabajos, llevará consigo la interrupción del plazo señalado en el párrafo anterior. Tal retraso
será comunicado al peticionario por el Servicio Municipal de Aguas.
CVE:
BOP-2023-513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
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