Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2023-370)
BOP-2023-370 Ordenanza Mancomunal Reguladora Vertidos Aguas Residuales.
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los objetivos de calidad asignados a cada uno de estos medios.
2. Preservar la integridad y seguridad de las personas, e instalaciones de alcantarillado.
3. Proteger los sistemas de depuración de aguas residuales, de la entrada de cargas
contaminantes superiores a la capacidad de tratamiento, que no sean tratables o que tengan
un efecto perjudicial para estos sistemas.
4. Favorecer la reutilización, en aplicación al terreno, de los fangos obtenidos en las
instalaciones de depuración de aguas residuales; y la reutilización también de las aguas
tratadas con fines de riego, esparcimiento público, limpieza viaria, etc.
5. En su caso, concienciar el sector industrial de la necesidad de implantar sistemas internos
de depuración mínimos sobre la base de las limitaciones que se establezcan.
Ámbito de aplicación.
El Reglamento es de estricto cumplimiento en todos aquellos elementos que integran las
infraestructuras de saneamiento Y vertidos de aguas residuales a los colectores de los
municipios integrados en el Servicio de Depuración de Aguas Residuales de la Mancomunidad
Integral de Municipios Valle del Alagón, incluyendo en este concepto:
a) Las actuales redes locales de alcantarillado.
b) Los colectores e interceptores generales.
c) La(s) Estación(s) Depuradora(s) de Aguas residuales (EDAR en adelante)
existente(s).
d) Todas las ampliaciones futuras de los elementos citados que constituyan una
infraestructura de saneamiento.
Artículo 2. Titularidad. Autorizaciones, Forma de gestión del servicio; contenido y modificación.
Autorizaciones:
La presente reglamento regulará los vertidos de aguas residuales previamente autorizados por
la Confederación Hidrográfica del Tajo en virtud de la competencia otorgada por el Real
Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Aguas, y de acuerdo al con las siguientes autorizaciones y municipios vigentes a la fecha de
aprobación del presente reglamento.
CVE:
BOP-2023-370
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de enero de 2023
N.º 0014
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