Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2023-321)
BOP-2023-321 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interior del Centro de Día.
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I.
II.
III.
IV.



La prioridad vendrá determinada por las circunstancias personales y familiares, recursos
económicos, situación de soledad y abandono, condiciones físicas, psíquicas y sociales del
solicitante y siempre atendiendo a razones de urgencia.
Cuando los expedientes presenten situaciones iguales o similares se tendrán en cuenta los
siguientes criterios de preferencia:
.- Ser vecino de Alagón del Río con una antigüedad mínima de dos años, o que haya
sido vecino del municipio durante un período mínimo de cinco años.
.- Personas naturales de Alagón del Río y que residan en el mismo.
.- Personas nacidas en Alagón del Río, pero no inscritas en el padrón de habitantes
en el momento de la solicitud.
.- Fecha de la solicitud teniendo prioridad la fecha anterior sobre la posterior.
3.- Documentación necesaria.
Declaración de la renta o documentos justificativos de los ingresos que el titular percibe.
Solicitud de inscripción para este servicio.
Documento que acredite el grado de dependencia o en su defecto declaración
responsable de carecer de dicho grado.
La carencia total o parcial de la documentación antes señalada, o cualquier otro defecto normal
que afectara a la solicitud de ingreso, será puesta en conocimiento del interesado para su
subsanación en el plazo de 10 días hábiles, con indicación de que si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido en su petición archivándose su solicitud sin más trámite.
Para las plazas descritas, el trabajador/a social del municipio de procedencia del solicitante
emitirá informe social cuando en los servicios sociales del municipio de Alagón del Río se
desconozca la historia social actualizada del solicitante. Para dicho informe, el profesional de
referencia solicitará al demandante toda aquella documentación que resulte necesaria para
determinar su situación y grado de necesidad.
Las personas admitidas para su ingreso en el centro serán inscritas obligatoriamente en el libro
registro oficial, y se les abrirá la ficha socio-sanitaria, que se cumplimentarán con los requisitos
e información requerida por la consejería competente de La Junta de Extremadura.
4.- Ocupación de La plaza.
La ocupación de la plaza concedida se efectuará en el plazo de los quince días naturales
siguientes a la recepción de la notificación de la plaza adjudicada. Concluido este plazo sin
CVE:
BOP-2023-321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de enero de 2023
N.º 0013
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