Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2023-321)
BOP-2023-321 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interior del Centro de Día.
18 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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producirse la incorporación, se entenderá por decaído en los derechos de admisión e ingreso,
por lo que el Ayuntamiento de Alagón del Río dispondrá libremente de la plaza.
Si el/la solicitante no pudiera, por causa justificada, efectuar su ingreso en el plazo antes
establecido (15 días), deberá ingresar en concepto de reserva de plaza una cantidad que será
fijada por la Comisión, en función del período de dicha prórroga.
El/la nuevo/a usuario/a formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación
expresa de las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus
derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de usuario
del Centro de Día. En el caso de que el/la futuro/a usuario/a no pueda firmar el contrato de
admisión, lo hará su representante.
TÍTULO SEGUNDO- DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DE
DÍA.
Artículo 5.- Derechos de los/as usuarios/as.
Las personas usuarias del Centro de Día tendrán los siguientes derechos:
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena. El menú será
común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen
de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a su condición de autonomía y/o
dependencia física o psíquica, a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los empleados del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
Legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
Legal, cuando La situación de dependencia Lo requiera.
CVE:
BOP-2023-321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de enero de 2023
N.º 0013
Pág. 2333
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producirse la incorporación, se entenderá por decaído en los derechos de admisión e ingreso,
por lo que el Ayuntamiento de Alagón del Río dispondrá libremente de la plaza.
Si el/la solicitante no pudiera, por causa justificada, efectuar su ingreso en el plazo antes
establecido (15 días), deberá ingresar en concepto de reserva de plaza una cantidad que será
fijada por la Comisión, en función del período de dicha prórroga.
El/la nuevo/a usuario/a formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación
expresa de las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus
derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de usuario
del Centro de Día. En el caso de que el/la futuro/a usuario/a no pueda firmar el contrato de
admisión, lo hará su representante.
TÍTULO SEGUNDO- DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS DEL CENTRO DE
DÍA.
Artículo 5.- Derechos de los/as usuarios/as.
Las personas usuarias del Centro de Día tendrán los siguientes derechos:
Manutención adecuada a su edad: desayuno, comida, merienda, cena. El menú será
común salvo para aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen
de comidas determinado.
Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las
características de las mismas.
Recibir una asistencia adecuada atendiendo a su condición de autonomía y/o
dependencia física o psíquica, a la naturaleza de la plaza y tipo de centro.
Recibir en todo caso un trato correcto por parte de los empleados del centro y sus
responsables, así como por las demás personas residentes.
Recibir comunicaciones personales y privadas mediante visitas, teléfono público del
centro o correspondencia.
Participar como elector y elegible en los procesos electorales que se realicen en el
centro. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
Legal, cuando la situación de dependencia lo requiera.
Elevar por escrito o de palabra al titular del centro sugerencia para la mejora de los
servicios. En su caso se ejercerá este derecho a través de un familiar o representante
Legal, cuando La situación de dependencia Lo requiera.
CVE:
BOP-2023-321
Verificable
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Jueves, 19 de enero de 2023
N.º 0013
Pág. 2333