Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-289)
BOP-2023-289 Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual "El Perchel".
21 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1.
del trabajo, tanto individual como colectivamente, tomando todas las aquellas que
sean necesarias para garantizar que todos los miembros de la Escuela Profesional
Dual trabajen de forma segura, evitando cualquier situación de exposición innecesaria.
Los alumnos/as - trabajadores/as no podrán utilizar o poner en funcionamiento una
máquina sin autorización expresa de su profesor. Cuando se trate de actividades
peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo harán bajo la supervisión directa del
mismo.
No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o maquinas ajenos
al propio programa.
No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las
misma o las protecciones personales.
En los periodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las máquinas o
herramientas.
Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo, tomando ciertos medicamentos) los
alumnos/as - trabajadores/as no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán
comunicarlo al profesor y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el profesor, se procederá de igual manera.
Los alumnos/as - trabajadores/as deberán cumplir siempre la normativa de seguridad
y salud relacionada con la actividad que realicen, así como utilizar los equipos de
protección individual y colectiva que se pongan a su disposición y conservarlos en
buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
Al término de las clases, los/as alumnos/as - trabajadores/as deberán dejar el puesto
de trabajo, las herramientas, etc., ordenadas y limpias.
Mantener limpias tanto aulas como las distintas dependencias de la Escuela
Profesional Dual colaborando activamente, si fuese necesario, en las tareas de
limpieza, conservación e higiene.
La limpieza del vehículo correrá a cargo de los alumnos/as-trabajadores/as, siempre
que sea necesario y/o cada 15 días como máximo.
Deberá avisarse inmediatamente al monitor/a de aquellas situaciones o circunstancias
que puedan producir accidentes.
CAPÍTULO V
DE FALTAS Y SANCIONES
Artículo 13.- Faltas.
Se consideran como Faltas Leves:
CVE:
BOP-2023-289
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de enero de 2023
N.º 0011
Pág. 2157
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del trabajo, tanto individual como colectivamente, tomando todas las aquellas que
sean necesarias para garantizar que todos los miembros de la Escuela Profesional
Dual trabajen de forma segura, evitando cualquier situación de exposición innecesaria.
Los alumnos/as - trabajadores/as no podrán utilizar o poner en funcionamiento una
máquina sin autorización expresa de su profesor. Cuando se trate de actividades
peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo harán bajo la supervisión directa del
mismo.
No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o maquinas ajenos
al propio programa.
No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las
misma o las protecciones personales.
En los periodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las máquinas o
herramientas.
Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo, tomando ciertos medicamentos) los
alumnos/as - trabajadores/as no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán
comunicarlo al profesor y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el profesor, se procederá de igual manera.
Los alumnos/as - trabajadores/as deberán cumplir siempre la normativa de seguridad
y salud relacionada con la actividad que realicen, así como utilizar los equipos de
protección individual y colectiva que se pongan a su disposición y conservarlos en
buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
Al término de las clases, los/as alumnos/as - trabajadores/as deberán dejar el puesto
de trabajo, las herramientas, etc., ordenadas y limpias.
Mantener limpias tanto aulas como las distintas dependencias de la Escuela
Profesional Dual colaborando activamente, si fuese necesario, en las tareas de
limpieza, conservación e higiene.
La limpieza del vehículo correrá a cargo de los alumnos/as-trabajadores/as, siempre
que sea necesario y/o cada 15 días como máximo.
Deberá avisarse inmediatamente al monitor/a de aquellas situaciones o circunstancias
que puedan producir accidentes.
CAPÍTULO V
DE FALTAS Y SANCIONES
Artículo 13.- Faltas.
Se consideran como Faltas Leves:
CVE:
BOP-2023-289
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de enero de 2023
N.º 0011
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