Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-234)
BOP-2023-234 Bases adjudicación viviendas Parque Público.
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b) Número de miembros de la unidad familiar en relación con el tamaño de la vivienda.
c) Por sorteo.
Artículo 9. Formalización y condiciones de los contratos de arrendamiento.
1. Una vez finalizado el proceso de adjudicación de las viviendas objeto de esta Base
Reguladora se formalizarán los correspondientes contratos de arrendamiento con quienes
hayan resultado adjudicatarios/as de las viviendas. En los contratos de arrendamiento se fijará
el precio de compra de los inmuebles.
2. La eficacia y vigencia de la adjudicación quedará condicionada a la aceptación y firma de los
correspondientes contratos, por lo que la negativa a su formalización será causa suficiente para
dejar sin efecto la adjudicación, procediéndose a incluir como nuevo/a adjudicatario/a al que
corresponda con arreglo al orden de la lista de valoración.
3. Asimismo, la eficacia de los contratos quedará condicionada a la efectiva ocupación de las
viviendas en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde la entrega de llaves.
4. Corresponde al Alcalde o persona en quien delegue la formalización del documento privado
que refleje el contrato de alquiler.
5. Los contratos de arrendamiento tendrán una vigencia inicial de un año prorrogable hasta 5
años, comprobando que el/a adjudicatario/a sigue reuniendo la misma situación económica,
familiar y social para seguir optando al disfrute de esta vivienda, pero teniendo opción de
compra de la misma una vez iniciado el contrato de alquiler y hasta 90 días antes de su
cumplimiento.
Si no optase a la compra la vivienda esta saldrá a un nuevo concurso y esa unidad familiar
deberá participar si quiere optar la misma a la fecha de cumplimiento del contrato de alquiler.
6. A la fecha de entrega de las llaves se hará efectiva una fianza a favor del Ayuntamiento por
la cantidad de 100 € para cubrir posibles desperfectos o impagos.
7. Los contratos vigentes en la actualidad se adecuarán a estas bases.
Artículo 10. Renta y actualización.
El precio de arrendamiento inicial será de 55, 66, ó 77 euros mensuales durante el primer año
de vigencia del contrato dependiendo la renta del número de dormitorios de la vivienda.
CVE:
BOP-2023-234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
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