Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-234)
BOP-2023-234 Bases adjudicación viviendas Parque Público.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.



De 1 a 1,5 veces el IPREM: 3 puntos.
De 1,5 a 2,5 veces el IPREM: 2 puntos.
De 2,5 a 3,5 veces el IPREM: 1 punto.
c) A la victima solicitante como violencia de género se le puntuará con 4 puntos.
d) Cuando la unidad familiar esté sometida a procedimiento judicial de desahucio se
puntuará con 1.5 puntos.
En los supuestos de empates por puntuación, se resolverá a favor de las unidades familiares
que acrediten menores ingresos.
4. Una vez sumados los puntos se establecerá un listado ordenado por puntuación total, la lista
provisional de solicitantes en orden descendente de puntuación quedará expuesta en los
tablones de anuncios por un plazo de diez días, durante el cual podrán formular alegaciones en
contra de la misma, tanto los/as solicitantes integrados/as en ella como todo/a aquél/aquella
que se estime perjudicado por la misma.
5. Dichas alegaciones se dirigirán por escrito al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Logrosán en la Secretaría del Ayuntamiento.
6. Una vez transcurrido este plazo y resueltas las alegaciones se elaborará y aprobará la lista
definitiva de adjudicatarios/as en orden descendente de puntuación, teniendo la misma una
validez de SEIS MESES.
Artículo 8. Distribución de las viviendas adjudicadas.
1. Las viviendas se adjudicarán a los/as demandantes con mayor puntuación. En caso de
igualdad de puntos entre varios/as aspirantes, el procedimiento de selección se llevará a cabo
por sorteo público a los que se convocará a todos/as los/as aspirantes y se garantizará la
imparcialidad y objetividad del mismo. El resultado del sorteo determinará el orden de prelación
para la elección de la vivienda, figurando como suplentes el resto de los/as aspirantes
admitidos/as al proceso según el resultado de aquel.
Previamente a la entrega de las viviendas y formalización de los contratos, para la asignación
efectiva de las mismas, conforme a las características de la promoción, se podrán distribuir
los/as adjudicatarios/as atendiendo a los siguientes criterios:
a) Necesidades específicas de la unidad familiar, como pueden ser discapacidades,
circunstancias personales que limiten la movilidad u otras similares.
CVE:
BOP-2023-234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
Pág. 1946