Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-234)
BOP-2023-234 Bases adjudicación viviendas Parque Público.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
●
●
●
●
●
●
●
●
4. El Ayuntamiento podrá modificar los plazos fijados atendiendo al número de viviendas que
conforman el proceso de adjudicación y a su idoneidad para ser ocupadas en las condiciones
óptimas.
Artículo 7. Sistema de adjudicación de viviendas.
1. El Ayuntamiento elaborará, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha de
publicación del listado de solicitudes admitidas, la lista provisional en la que figure la
puntuación reconocida a cada solicitante por aplicación de los criterios de valoración
incorporados en esta Base Reguladora.
La relación incorporará asimismo los/as solicitantes excluidos/as, y los motivos de dicha
exclusión podrán consultarse en la Secretaría General del Ayuntamiento.
2. Para la baremación de las solicitudes se formará un Tribunal que estará compuesto por:
El/a Alcalde/a-Presidente/a o persona en quien delegue.
Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento o persona en quien delegue.
Trabajador/a social del Ayuntamiento o persona en quien delegue.
Dos concejales/as de la Corporación nombrados/as por el Pleno.
Un/a representante de cada uno de los Grupos Políticos.
Uno/a de los/as solicitantes elegido por sorteo.
3. El procedimiento de selección se llevará a cabo ordenando a los/as solicitantes en una lista
baremada donde se tendrán en base a los siguiente criterios y puntuaciones:
a) Número de miembros de la unidad familiar:
1 puntos si se trata de un/a solicitante individual.
1,25 puntos por cada miembro de la unidad familiar (a partir de 2 miembros).
Por cada miembro de la unidad familiar menor de 17 años se suma 0.5 puntos.
Por cada miembro de la unidad familiar que acredite una discapacidad mayor del
33% y menor del 65% se suma 1.25 puntos.
Por cada miembro de la unidad familiar que acredite una discapacidad mayor del
65% se suman 2.5 puntos.
b) Nivel de Renta: Según los tramos de renta de los/as demandantes se establecerán
los siguientes puntos basados en el IPREM del año correspondiente.
Menos de 1 vez el IPREM: 4 puntos.
CVE:
BOP-2023-234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
Pág. 1945
●
●
●
●
●
●
●
●
●
●
●
4. El Ayuntamiento podrá modificar los plazos fijados atendiendo al número de viviendas que
conforman el proceso de adjudicación y a su idoneidad para ser ocupadas en las condiciones
óptimas.
Artículo 7. Sistema de adjudicación de viviendas.
1. El Ayuntamiento elaborará, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha de
publicación del listado de solicitudes admitidas, la lista provisional en la que figure la
puntuación reconocida a cada solicitante por aplicación de los criterios de valoración
incorporados en esta Base Reguladora.
La relación incorporará asimismo los/as solicitantes excluidos/as, y los motivos de dicha
exclusión podrán consultarse en la Secretaría General del Ayuntamiento.
2. Para la baremación de las solicitudes se formará un Tribunal que estará compuesto por:
El/a Alcalde/a-Presidente/a o persona en quien delegue.
Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento o persona en quien delegue.
Trabajador/a social del Ayuntamiento o persona en quien delegue.
Dos concejales/as de la Corporación nombrados/as por el Pleno.
Un/a representante de cada uno de los Grupos Políticos.
Uno/a de los/as solicitantes elegido por sorteo.
3. El procedimiento de selección se llevará a cabo ordenando a los/as solicitantes en una lista
baremada donde se tendrán en base a los siguiente criterios y puntuaciones:
a) Número de miembros de la unidad familiar:
1 puntos si se trata de un/a solicitante individual.
1,25 puntos por cada miembro de la unidad familiar (a partir de 2 miembros).
Por cada miembro de la unidad familiar menor de 17 años se suma 0.5 puntos.
Por cada miembro de la unidad familiar que acredite una discapacidad mayor del
33% y menor del 65% se suma 1.25 puntos.
Por cada miembro de la unidad familiar que acredite una discapacidad mayor del
65% se suman 2.5 puntos.
b) Nivel de Renta: Según los tramos de renta de los/as demandantes se establecerán
los siguientes puntos basados en el IPREM del año correspondiente.
Menos de 1 vez el IPREM: 4 puntos.
CVE:
BOP-2023-234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
Pág. 1945