Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-234)
BOP-2023-234 Bases adjudicación viviendas Parque Público.
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ningún caso, ser objeto de subarrendamiento o cesión.
2. En caso de estar interesado/a en su compra, bien al cumplimiento del contrato o durante la
duración del mismo, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento con un plazo máximo de
90 días antes de la fecha de finalización del contrato.
3. En los contratos de arrendamiento suscritos con los/as arrendatarios/as se fijará el precio de
compra del inmueble.
Artículo 3. Condiciones para solicitar vivienda.
1. Podrán ser adjudicatarios/as del parque de viviendas de alquiler las personas físicas o
unidades familiares en quienes concurran los siguientes requisitos:
a) Ser el/a solicitante mayor de edad o menor emancipado/a y no encontrarse
incapacitado/a para obligarse contractualmente de acuerdo a lo establecido en el Código
Civil.
b) Acreditar unos ingresos iguales o inferiores a 3,5 veces el Indicador Público de Renta
de Efectos Múltiples (IPREM) para el año en curso en el que publique la convocatoria.
c) Ser el/a solicitante residente en el municipio de Logrosán, debidamente
empadronado/a con un periodo mínimo de residencia continua de un año
inmediatamente anterior a la fecha de entrega de la solicitud.
d) Carecer de vivienda en propiedad o usufructo cualquier miembro de la unidad familiar,
en la localidad de Logrosán, siendo este hecho acreditado de forma fehaciente mediante
el correspondiente certificado del Registro de la Propiedad o que, la vivienda de la que
haya sido o fuera propietario/a, no reúna las condiciones necesarias para ser habitada
por la unidad familiar.
Este último apartado será acreditado mediante informe técnico realizado por el técnico
municipal, con fecha anterior al proceso de baremación de las solicitudes.
Este hecho será solicitado en el momento de la entrega en la Secretaría del Ayuntamiento de la
solicitud para participar en el proceso de adjudicación de las viviendas y según modelo oficial
que aparece en los anexos del presente documento y que se facilitará en dicha Secretaría.
(ANEXO I).
e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Logrosán.
Este requisito se comprobará de oficio por la administración local. En caso de serlo,
CVE:
BOP-2023-234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
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