Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2023-165)
BOP-2023-165 Bases estabilización empleo temporal. Plaza de Guarda Vaquero de la Dehesa Boyal.
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del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de
las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso
selectivo.
Las resoluciones del Tribunal de selección vinculan al Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar,
aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede
del Tribunal de selección.
SÉXTA. Sistema de Selección.
6.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la
Función Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través
del sistema de concurso de méritos.
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados
y otros méritos (formación y titulación ).
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el último día del plazo de
presentación de instancias
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación
en el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera 3.2
6.2. Fase de concurso de méritos:
a) Servicios prestados (60 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o
indefinido no fijo, de acuerdo con el siguiente baremo:
1.-Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local convocante
(Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar) ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria, se otorgará 0,25 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
Cód.
Validación:
PNT2KEDCF2MDLYTLS4SMLWW4S
|
Verificación:
https://tejedadetietar.sedelectronica.es/
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en:
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Martes, 10 de enero de 2023
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las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso
selectivo.
Las resoluciones del Tribunal de selección vinculan al Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar,
aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede
del Tribunal de selección.
SÉXTA. Sistema de Selección.
6.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la
Función Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través
del sistema de concurso de méritos.
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados
y otros méritos (formación y titulación ).
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el último día del plazo de
presentación de instancias
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación
en el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera 3.2
6.2. Fase de concurso de méritos:
a) Servicios prestados (60 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o
indefinido no fijo, de acuerdo con el siguiente baremo:
1.-Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local convocante
(Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar) ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria, se otorgará 0,25 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
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