Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-143)
BOP-2023-143 Modificación bases generales que regulan los procesos de consolidación de empleo temporal.
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El tiempo máximo de:
- 120 minutos Subgrupos A1 y A2
- 90 minutos Subgrupos C1 y C2 y Grupo AP/E.
En el caso de procesos de consolidación de bomberos-conductores, además de la prueba
anterior, será necesario la superación de las pruebas físicas que se determinen en las bases
específicas de la convocatoria correspondiente.
7.3 La Fase de Concurso, que será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter
eliminatorio, y no podrá tenerse en cuenta para superar la Fase de Oposición.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia
La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la
puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran
acontinuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
A. Servicios Prestados: Máximo 7 puntos.
Por cada mes de servicios prestados como contratado/a en régimen de contratación laboral o
funcionario/a interino/a, en el puesto o puestos de trabajo correspondientes a la plaza objeto de la
convocatoria de consolidación de empleo temporal, siempre que dichos servicios hayan
comenzado a prestarse, interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005 de
conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria 4º del TREBEP o a la fecha que fije la
normativa de aplicación vigente en cada momento: 0,10 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 7 puntos.
Los servicios prestados en puestos de trabajo de Entidades del Sector Públicos dependientes de
la Diputación Provincial de Cáceres, cuyo personal haya sido asumido por ésta y haya seguido
desempeñando su actividad en los mismos o equivalentes puestos de trabajo y se les haya
reconocido sus derechos adquiridos serán considerados, a todos los efectos, como servicios
prestados en la Diputación Provincial de Cáceres.
Los servicios prestados en el puesto o puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto
de las convocatorias de consolidación de empleo temporal se acreditarán mediante certificado
emitido de oficio por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres que lo remitirá al Tribunal de
Selección y a quienes hayan realizado esos servicios en dicho puesto de trabajo.
CVE:
BOP-2023-143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de enero de 2023
N.º 0005
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