Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2023-118)
BOP-2023-118 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) plaza de Conserje Centro Educativo, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que no será de aplicación lo dispuesto en
los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1981, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local.
Igualmente, la Disposición Adicional cuarta, señala que las Administraciones Públicas deberán
asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos
mediante la adopción de medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos,
tales como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos, la acumulación de pruebas en
un mismo ejercicio u otras.
PRIMERA.- Objeto.
Se convoca proceso selectivo para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, UNA plaza de
CONSERJE CENTRO EDUCATIVO, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este
Ayuntamiento, dentro del proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo
temporal del Excmo. Ayuntamiento de Majadas, incluida en la Oferta de Empleo Público 2022
extraordinaria de estabilización de empleo temporal en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, aprobada mediante Resolución de Alcaldía de fecha 31 de mayo de 2022, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 103 de 1 de junio de 2022, encuadradas
en el grupo C, subgrupo C2.
La finalidad de este proceso es contribuir a la consolidación del empleo temporal a tenor de lo
preceptuado en la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público y
en este sentido cabe destacar que, adicionalmente a los procesos de estabilización que
regularon los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, autoriza una tasa
adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza
estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma
de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas
Administraciones Públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas
de forma temporal e ininterrumpidamente, con anterioridad al 31 de diciembre de 2016.
De acuerdo con su Disposición Adicional Sexta de la última de estas normas, se permite la
convocatoria excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración, de acuerdo
con los artículos 61.6 y 61.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, por el sistema de concurso, de aquellas plazas que vinieran siendo ocupadas con
carácter temporal, de forma ininterrumpida, con anterioridad al 1 de enero de 2016. Esta
convocatoria lo será por una sola vez.
La plaza de CONSERJE CENTRO EDUCATIVO ha sido desempeñada a jornada completa en
régimen laboral temporal con anterioridad a enero de 2016.
Se encuentra obligada a concurrir a este concurso la persona que está ocupando la plaza de
CONSERJE CENTRO EDUCATIVO, a fecha de esta convocatoria. Su no participación
determinará la imposibilidad de consolidar el puesto de trabajo y la ausencia de indemnización
Cód.
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Jueves, 5 de enero de 2023
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