Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-112)
BOP-2023-112 Convocatoria de pruebas selectivas para proveer en propiedad seis plazas vacantes de Peones Especializados/as para el Patronato Residencia de Mayores de Coria.
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1. Servicios prestados (máximo 70 puntos).
A continuación se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, teniendo en
cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de Estabilización de
Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones
Adicionales 6ª y 8ª, es reducir la temporalidad de los/as empleados/as públicos/as con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización. De ahí que se considere crucial la experiencia
acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones Públicas y más
en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional.
a) Por cada mes de antigüedad ocupando el puesto de trabajo objeto de la plaza que se
convoca en el Patronato Residencia de Mayores, 0,55 puntos, hasta la fecha inicial de
presentación de instancias.
b) Por cada mes de servicios prestados en puestos similares de la plaza objeto de la
convocatoria, en cualquier otra Administración Local, 0,15 puntos, hasta la fecha inicial
de presentación de instancias.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
2. Otros méritos (máximo 30 puntos).
3. Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 10 puntos). A razón de 0,10 puntos por
hora.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que cumplan con los
siguientes requisitos:
a) Los cursos de formación y perfeccionamiento deben estar, a juicio del Tribunal,
directamente relacionados con las materias competenciales propias de la plaza a la que
se opta.
b) Los cursos que versen sobre la misma materia o las diferentes ediciones de un mismo
curso sólo serán valorados una vez, que corresponderá con el curso que tenga el mayor
número de horas en la materia.
c) No se valorarán los cursos selectivos para la adquisición de la condición de
CVE:
BOP-2023-112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
Pág. 1372
A continuación se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, teniendo en
cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de Estabilización de
Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones
Adicionales 6ª y 8ª, es reducir la temporalidad de los/as empleados/as públicos/as con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización. De ahí que se considere crucial la experiencia
acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones Públicas y más
en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional.
a) Por cada mes de antigüedad ocupando el puesto de trabajo objeto de la plaza que se
convoca en el Patronato Residencia de Mayores, 0,55 puntos, hasta la fecha inicial de
presentación de instancias.
b) Por cada mes de servicios prestados en puestos similares de la plaza objeto de la
convocatoria, en cualquier otra Administración Local, 0,15 puntos, hasta la fecha inicial
de presentación de instancias.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
2. Otros méritos (máximo 30 puntos).
3. Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 10 puntos). A razón de 0,10 puntos por
hora.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que cumplan con los
siguientes requisitos:
a) Los cursos de formación y perfeccionamiento deben estar, a juicio del Tribunal,
directamente relacionados con las materias competenciales propias de la plaza a la que
se opta.
b) Los cursos que versen sobre la misma materia o las diferentes ediciones de un mismo
curso sólo serán valorados una vez, que corresponderá con el curso que tenga el mayor
número de horas en la materia.
c) No se valorarán los cursos selectivos para la adquisición de la condición de
CVE:
BOP-2023-112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
Pág. 1372