Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2023-103)
BOP-2023-103 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Reguladora del aprovechamiento de pastos de los terrenos municipales.
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caso antes de introducir el ganado en los terrenos municipales, resolviéndose por resolución de
la Alcaldía o Concejal en quien delegue, en un plazo máximo de diez días desde su
presentación. En caso de silencio, éste tendrá carácter positivo.
3. Durante el transcurso del periodo de pastaje se efectuarán los controles que se estimen
necesarios de las altas y bajas del ganado, por las personas designadas al efecto por el
Ayuntamiento.
Artículo 4. Se establece el periodo de pastaje anual: todas las estaciones del año.
Artículo 5. Clases de ganado. Se establece como unidad base la cabeza de ganado mayor,
entendiendo por tal cabeza de ganado vacuno o equino de más de un año de edad,
estableciéndose el siguiente régimen de equivalencias:
- Ganado vacuno o equino, de más de un año de edad, macho o hembra, incluidos los
sementales: 1 unidad.
- Ganado vacuno o equino, de entre 6 meses y un año de edad: media unidad.
- Ganado ovino: Cada unidad equivale a 1/4 de ganado mayor.
- Ganado Caprino: Cada unidad equivale a 1/5.
- Ganado asnal: Cada unidad equivale a ½.
El ganado de cerda no se admitirá al pastaje. Tampoco podrán pastar los caballos sin castrar.
Artículo 6. Cuota. La cuota a satisfacer por unidad será las siguientes:
- Unidad de vacuno de más de seis meses hasta un año: 15 €.
- Unidad de vacuno de más de un año: 30 €.
- Unidad de equino de más de seis meses hasta un año: 15 €.
- Unidad de equino de más de un año: 30 €.
- Unidad de caprino de más de un año: 6 €.
- Unidad de ovino de más de un año: 7,50 €.
- Unidad asnal de más de seis meses hasta un año: 10 €.
CVE:
BOP-2023-103
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
Pág. 1304
la Alcaldía o Concejal en quien delegue, en un plazo máximo de diez días desde su
presentación. En caso de silencio, éste tendrá carácter positivo.
3. Durante el transcurso del periodo de pastaje se efectuarán los controles que se estimen
necesarios de las altas y bajas del ganado, por las personas designadas al efecto por el
Ayuntamiento.
Artículo 4. Se establece el periodo de pastaje anual: todas las estaciones del año.
Artículo 5. Clases de ganado. Se establece como unidad base la cabeza de ganado mayor,
entendiendo por tal cabeza de ganado vacuno o equino de más de un año de edad,
estableciéndose el siguiente régimen de equivalencias:
- Ganado vacuno o equino, de más de un año de edad, macho o hembra, incluidos los
sementales: 1 unidad.
- Ganado vacuno o equino, de entre 6 meses y un año de edad: media unidad.
- Ganado ovino: Cada unidad equivale a 1/4 de ganado mayor.
- Ganado Caprino: Cada unidad equivale a 1/5.
- Ganado asnal: Cada unidad equivale a ½.
El ganado de cerda no se admitirá al pastaje. Tampoco podrán pastar los caballos sin castrar.
Artículo 6. Cuota. La cuota a satisfacer por unidad será las siguientes:
- Unidad de vacuno de más de seis meses hasta un año: 15 €.
- Unidad de vacuno de más de un año: 30 €.
- Unidad de equino de más de seis meses hasta un año: 15 €.
- Unidad de equino de más de un año: 30 €.
- Unidad de caprino de más de un año: 6 €.
- Unidad de ovino de más de un año: 7,50 €.
- Unidad asnal de más de seis meses hasta un año: 10 €.
CVE:
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