Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-70)
BOP-2023-70 Bases especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plaza/s de naturaleza laboral del Ayuntamiento de Moraleja, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente
baremo:
1. Servicios Prestados (80 puntos máximo).
2.
A continuación se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, teniendo en
cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de Estabilización de
Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con
una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización. De ahí que se considere crucial la
experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones
Públicas y más en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a valorar se
centren en la citada experiencia al haber sido ésta la que al haberse prolongado en el tiempo,
ha dado lugar a este proceso excepcional.
Asimismo, la distinta valoración de la experiencia entre administraciones radica en que en el
Ayuntamiento de Moraleja, debido a las peculiares características de su estructura
administrativa y orgánica, el empleado público de este ayuntamiento se ve obligado a asumir
mayores competencias de las propias de su puesto de trabajo, desarrollando y adquiriendo
funciones y habilidades específicas del Ayuntamiento de Moraleja, diferenciadoras de otras
administraciones
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal, o indefinido no fijo,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el
siguiente baremo:
A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando el
puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el mismo cuerpo
y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral o asimilada como
funcionario interino o laboral temporal a razón de 0,66 puntos por mes.
B. Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, ocupando el
puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el mismo cuerpo
y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral o asimilada como
funcionario interino o laboral temporal a razón de 0,22 puntos por mes.
Para aquellas plazas o categorías profesionales que, siendo idénticas en su contenido, hayan
sufrido modificación en su denominación a lo largo de los últimos años, bien para adaptar las
mismas a las nuevas titulaciones o bien por cualquier otra circunstancia, ambas denominaciones
serán objeto de valoración indistintamente.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Moraleja se aportarán a petición del interesado
por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al
CVE:
BOP-2023-70
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 964
baremo:
1. Servicios Prestados (80 puntos máximo).
2.
A continuación se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, teniendo en
cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de Estabilización de
Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con
una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización. De ahí que se considere crucial la
experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones
Públicas y más en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a valorar se
centren en la citada experiencia al haber sido ésta la que al haberse prolongado en el tiempo,
ha dado lugar a este proceso excepcional.
Asimismo, la distinta valoración de la experiencia entre administraciones radica en que en el
Ayuntamiento de Moraleja, debido a las peculiares características de su estructura
administrativa y orgánica, el empleado público de este ayuntamiento se ve obligado a asumir
mayores competencias de las propias de su puesto de trabajo, desarrollando y adquiriendo
funciones y habilidades específicas del Ayuntamiento de Moraleja, diferenciadoras de otras
administraciones
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal, o indefinido no fijo,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el
siguiente baremo:
A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando el
puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el mismo cuerpo
y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral o asimilada como
funcionario interino o laboral temporal a razón de 0,66 puntos por mes.
B. Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, ocupando el
puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el mismo cuerpo
y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral o asimilada como
funcionario interino o laboral temporal a razón de 0,22 puntos por mes.
Para aquellas plazas o categorías profesionales que, siendo idénticas en su contenido, hayan
sufrido modificación en su denominación a lo largo de los últimos años, bien para adaptar las
mismas a las nuevas titulaciones o bien por cualquier otra circunstancia, ambas denominaciones
serán objeto de valoración indistintamente.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Moraleja se aportarán a petición del interesado
por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al
CVE:
BOP-2023-70
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 964