Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-60)
BOP-2023-60 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una Plaza de Auxiliar de Administración, puesto de Secretaria de Juzgado de Paz y Recaudación.
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Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por
alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en régimen de
jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados
con la consiguiente reducción porcentual.
B. Formación: hasta un máximo de 40 puntos (B1+B2).
B1) Formación complementaria específica: Hasta un máximo de 10 puntos:
Por Cursos de formación y perfeccionamiento en materias vinculadas con la plaza y puesto a
desempeñar, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un
máximo de 10,00 puntos, aplicados de la siguiente forma:
A) De 40 y más horas 10,00 puntos
B) De 30 y más horas y menos de 40 7,5 puntos
C) De 25 y más horas y menos de 30 5,0 puntos
D) De menos de 25 horas o sin especificar 2,5 puntos
Por Cursos TRANSVERSALES. 1,0 puntos por curso
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala, subescala y puesto al que se opta.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los
empleados públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las siguientes áreas:
-.Formación en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y violencia de
género.
-. Prevención de riesgos laborales.
Sólo se valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originaleso copia de los
mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas
venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días concretos de celebración de la
acción formativa. En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas
figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para
su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de
duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
B2. Uso de los siguientes programas informáticos y herramientas en el trabajo diario que determinen
la operatividad en el puesto a ocupar durante un plazo mínimo de DOS años. Hasta un máximo de 30
puntos.
 Gestor de Expedientes GESTIONA, 10 puntos
 Gestor de Expedientes ESTIMA OARGT SOLUCION TRIBUTARIA, 10 puntos
 Programa INFOREG, 10 puntos
Cód.
Validación:
6NZP4PK5LCYG53KLP9Y5N32ET
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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