Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-60)
BOP-2023-60 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una Plaza de Auxiliar de Administración, puesto de Secretaria de Juzgado de Paz y Recaudación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
Aplicación de Registro de Usuarios para el acceso a los servicios de certificación de la
F.N.M.T. - R.C.M., 10 puntos
La justificación del Uso de programas informáticos y herramientas se acreditará de oficio por la
Administración convocante y en el caso de otras Administraciones Públicas, mediante Certificación
expedida CON INDICACIÓN DEL PLAZO por la Secretaría o cualquier otro órgano de la
Administración con competencias en materia de personal.
SÉPTIMA.- CALIFICACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.
Una vez finalizada la valoración de los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Único
calificador hará públicas tanto en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera y en el apartado Ofertas de Empleo de la página web
https://www.madrigaldelavera.es/las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas
aspirantes.El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco
días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
La falta de presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado
para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no
valoración al aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal Único hará públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera, como dentro del apartado Ofertas de Empleo de la página web
https://www.madrigaldelavera.es/ las puntuaciones definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá:
● En primer lugar, el criterio de desempate será la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional en el orden que figura en la convocatoria.
● En segundo lugar, el criterio de desempate será la mayor puntuación en el apartado de Uso de
programas informáticos y herramientas en el trabajo diario que determinen la operatividad en el
puesto a ocupar durante un plazo mínimo de DOS años.
OCTAVA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS Y PRESENTACIÓN
DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
alcanzadas en los apartados a) y b) de la base Sexta, efectuada la cual, el Tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, así como dentro
del apartado Ofertas de Empleo de la página web https://www.madrigaldelavera.es/, anuncio en que
aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total del proceso de selección y la
propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes propuestos/as para su nombramiento como
personal laboral, no pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que
resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el
límite de las plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano competente de la Corporación
para sus efectos.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal Único donde
figura la relación de personas propuestos/as para su nombramiento como funcionariospersonal
laboral agota la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter
potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-
administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será
motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para su nombramiento presentarán ante el Servicio de
Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso, los
siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar
parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria:
Cód.
Validación:
6NZP4PK5LCYG53KLP9Y5N32ET
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
9
de
17
CVE:
BOP-2023-60
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 814
MADRIGAL DE LA VERA
Aplicación de Registro de Usuarios para el acceso a los servicios de certificación de la
F.N.M.T. - R.C.M., 10 puntos
La justificación del Uso de programas informáticos y herramientas se acreditará de oficio por la
Administración convocante y en el caso de otras Administraciones Públicas, mediante Certificación
expedida CON INDICACIÓN DEL PLAZO por la Secretaría o cualquier otro órgano de la
Administración con competencias en materia de personal.
SÉPTIMA.- CALIFICACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.
Una vez finalizada la valoración de los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Único
calificador hará públicas tanto en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera y en el apartado Ofertas de Empleo de la página web
https://www.madrigaldelavera.es/las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas
aspirantes.El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco
días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
La falta de presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado
para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no
valoración al aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal Único hará públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera, como dentro del apartado Ofertas de Empleo de la página web
https://www.madrigaldelavera.es/ las puntuaciones definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá:
● En primer lugar, el criterio de desempate será la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional en el orden que figura en la convocatoria.
● En segundo lugar, el criterio de desempate será la mayor puntuación en el apartado de Uso de
programas informáticos y herramientas en el trabajo diario que determinen la operatividad en el
puesto a ocupar durante un plazo mínimo de DOS años.
OCTAVA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS Y PRESENTACIÓN
DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
alcanzadas en los apartados a) y b) de la base Sexta, efectuada la cual, el Tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, así como dentro
del apartado Ofertas de Empleo de la página web https://www.madrigaldelavera.es/, anuncio en que
aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total del proceso de selección y la
propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes propuestos/as para su nombramiento como
personal laboral, no pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que
resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el
límite de las plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano competente de la Corporación
para sus efectos.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal Único donde
figura la relación de personas propuestos/as para su nombramiento como funcionariospersonal
laboral agota la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter
potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-
administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será
motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para su nombramiento presentarán ante el Servicio de
Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso, los
siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar
parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria:
Cód.
Validación:
6NZP4PK5LCYG53KLP9Y5N32ET
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Página
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BOP-2023-60
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 814