Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-60)
BOP-2023-60 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una Plaza de Auxiliar de Administración, puesto de Secretaria de Juzgado de Paz y Recaudación.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
SEXTA. SISTEMA DE SELECCIÓN.
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de concurso de
méritos.
La puntuación máxima alcanzable será de 120 puntos, dividiéndose en servicios prestados, y
otros méritos (formación y capacidad operativa de uso de programas informáticos y
herramientas), de acuerdo con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a los
aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables por cada aspirante, los contraídos hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación del
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de lainstancia, así
como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera.
a) Experiencia Profesional: hasta un máximo de 80 puntos (A1+A2+A3):
A.1) Por el desempeño en el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, de una plaza de auxiliar
Administrativo, con desempeño en un puesto de trabajo de funciones iguales a las especificadas en
la Base Primera, 0,38 por mes trabajado.
A.2) Por el desempeño en una Administración, de una plaza de auxiliar Administrativo, con
desempeño en un puesto de trabajo de funciones iguales a las especificadas en la Base Primera,
0,15 por mes trabajado.
A.3) Por el desempeño en una Administración, de una plaza de auxiliar Administrativo, con
desempeño en un puesto de trabajo de funciones diferentes a las especificadas en la Base Primera,
0,010 por mes trabajado.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera se certificarán de oficio por
esta Administración convocante, quien los remitirá al Tribunal de Selección y al interesado/a. En
el certificado se especificará el puesto o puestos objetos de la convocatoria.
Los méritos de experiencia prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán por
las personas interesadas, mediante la presentación de certificado emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen prestado sus servicios, en la cual deberá
constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas en el mismo.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido o fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa o tiempo parcial y su
porcentaje).
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social, para acreditar los certificados que acompañe a esta fase como
documento complementario de los anteriores, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos
aducidos.
El cómputo de los servicios prestados a jornada completa se efectuará por meses. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera
que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Cód.
Validación:
6NZP4PK5LCYG53KLP9Y5N32ET
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Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
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Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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