Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-20)
BOP-2023-20 Bases generales proceso de Estabilización.
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E-mail: aytolosar@losardelavera.es
BASES GENERALES PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
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subescala o categoría profesional a la que se opta valorándose 0,20 puntos por
hora. Los cursos valorados por créditos tendrán la equivalencia de 1 crédito con 10
horas. Máximo 1 punto.
En las Bases específicas de cada plaza se establecerán los cursos que serán
valorados y solo se valorarán los específicos de cada plaza.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificaciones originales o
copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día,
de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente
los días concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las
actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los
créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando
dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir
al/a aspirante cualquier documentación complementaria.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita
en cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no
acreditados en plazo.
b.2. Titulación (0.5 puntos máximo).
Por estar en posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en cada uno de los Grupos o de otra
titulación de igual nivel a la exigida 0,5 puntos.
SÉPTIMA. Calificación del proceso selectivo.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal
calificador hará pública en la página web del Ayuntamiento las puntuaciones
provisionales obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar
alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el
plazo señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación
acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Cód.
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Martes, 3 de enero de 2023
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