Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad del Tamuja. (BOP-2022-6706)
BOP-2022-6706 Aprobación de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo.
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TERCERA. Información, difusión y publicidad. Instancias de participación.
3.1. Información, difusión y publicidad. Toda la información relativa al proceso de la
convocatoria se publicará en el BOP, donde se publicarán las características de la
convocatoria, sus plazos y modelos de documentos que deberán utilizarse, así como
listas provisionales y definitivas que se produzcan en el desarrollo de la convocatoria,
lugares de celebración de los ejercicios, resultados de los mismos y actos que se deriven
de los distintos momentos administrativos.
3.2. Instancias.
En la convocatoria se determinará la forma de presentación de las instancias de
participación en el proceso selectivo, la aportación de la documentación, tanto la
relativa a los requisitos exigidos como la correspondiente a los méritos en el plazo
máximo de 10 días a partir de la publicación en el Diario Oficial correspondiente. El
Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Mancomunidad del Tamuja
puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con
trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma
motivada lo que proceda. En estos procesos de concurso de méritos el Tribunal podrá
recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación
complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados,
pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen dicha
documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación
de presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias
de los mismos, no siendo necesaria su compulsa.
La fecha límite para la presentación de los méritos será la de publicación de la
convocatoria en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la
solicitud o no acreditados documentalmente. Los errores de hecho, materiales o
aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del/a interesado/a
3.3. Derechos de examen.
Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho en la
Mancomunidad del Tamuja el precio público en concepto de derechos de examen que
se establece en 25 euros . El abono de los derechos de examen deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
CVE:
BOP-2022-6706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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