Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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Exámenes superados en procesos selectivos del Ayuntamiento de Vegaviana
de la misma categoría.( Máximo 5 puntos ) Se valorará con 5 puntos por proceso
selectivo superado en el Ayuntamiento de Vegaviana en la misma categoría,
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100
puntos.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, laboral temporal o indefinido no
fijo en el desempeño del puesto de trabajo correspondiente a la plaza convocada.
De persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de
Vegaviana como funcionario/a interina, laboral temporal e indefinido no fijo en
plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aun así persiste
el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas
como funcionario/a interino/a, laboral temporal e indefinido no fijo en el
desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
La persona candidata deberá presentar el auto baremo del Anexo II, el cual la
vinculará como aspirante, en relación con la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso, así como
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
El Informe Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social,
deberá ir acompañado de documentos acreditativos tales como contratos de
trabajo, certificados de empresa e informe del empleador público donde se
acredite la categoría profesional y funciones desempeñadas por el trabajador. En
todo caso deberá quedar perfectamente acreditado tanto la categoría laboral
como el tiempo de trabajo, no valorándose en caso contrario.
En relación a los Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades
formativas, todos los documentos que se presenten irán numerados de forma
correlativa, comenzando por el número uno y en el orden que se establece en el
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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