Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2022-6670)
BOP-2022-6670 Convocatoria y bases para proceso de estabilización de empleo temporal de una plaza, ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
profesional y especialidad, porcentaje de jornada y periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Además, deberá ir acompañada de una vida laboral
del interesado/a junto con el contrato laboral correspondiente, en su caso.
La vida laboral deberá ser aportada como documento complementario de los anteriores, sin que
por sí misma sirva para valorar los méritos aducidos y ha de ser actualizada a la fecha de presentación de
solicitudes.
a) Formación, hasta un máximo de 40 puntos:
Por poseer título superior al exigido en la convocatoria
relacionada con el puesto de trabajo.
(Se obtendrá únicamente la puntuación que corresponda
a la titulación más alta que se posea. No se valorará la
titulación exigida y necesaria para participar en el
proceso selectivo)
Título de doctor o equivalente: 10
Título de licenciado o equivalente:
8
Título de diplomado o
equivalente: 6
Título de bachillerato, técnico
superior FP o equivalente: 4
Título de ESO, técnico medio FP o
equivalente: 3
Cursos de formación recibidos o impartidos, relacionados
con el puesto de trabajo. Máximo 30 puntos
De 10 a 20 horas: 2 puntos.
De 21 a 50 horas: 3,5 puntos.
De 51 a 80 horas: 5 puntos.
De 81 a 150 horas: 6,5 puntos.
De 151 a 250 horas: 8 puntos.
Más de 250 horas: 10 puntos.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en las presentes
bases. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo. Sólo se puntuarán
aquellos cursos que se acrediten mediante la presentación del correspondiente certificado o diploma en el
que conste la duración de horas o créditos. A falta de determinación, se computará un crédito por cada diez
horas de curso.
En el caso de cursos obtenidos en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
Se computarán únicamente los cursos directamente vinculados con la categoría y especialidad del
puesto de trabajo y siempre que hayan sido impartidos por entidades públicas, sindicatos o entidades
privadas, pero en este último caso deberán estar reconocidos por una administración pública.
CVE:
BOP-2022-6670
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34945
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profesional y especialidad, porcentaje de jornada y periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Además, deberá ir acompañada de una vida laboral
del interesado/a junto con el contrato laboral correspondiente, en su caso.
La vida laboral deberá ser aportada como documento complementario de los anteriores, sin que
por sí misma sirva para valorar los méritos aducidos y ha de ser actualizada a la fecha de presentación de
solicitudes.
a) Formación, hasta un máximo de 40 puntos:
Por poseer título superior al exigido en la convocatoria
relacionada con el puesto de trabajo.
(Se obtendrá únicamente la puntuación que corresponda
a la titulación más alta que se posea. No se valorará la
titulación exigida y necesaria para participar en el
proceso selectivo)
Título de doctor o equivalente: 10
Título de licenciado o equivalente:
8
Título de diplomado o
equivalente: 6
Título de bachillerato, técnico
superior FP o equivalente: 4
Título de ESO, técnico medio FP o
equivalente: 3
Cursos de formación recibidos o impartidos, relacionados
con el puesto de trabajo. Máximo 30 puntos
De 10 a 20 horas: 2 puntos.
De 21 a 50 horas: 3,5 puntos.
De 51 a 80 horas: 5 puntos.
De 81 a 150 horas: 6,5 puntos.
De 151 a 250 horas: 8 puntos.
Más de 250 horas: 10 puntos.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en las presentes
bases. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo. Sólo se puntuarán
aquellos cursos que se acrediten mediante la presentación del correspondiente certificado o diploma en el
que conste la duración de horas o créditos. A falta de determinación, se computará un crédito por cada diez
horas de curso.
En el caso de cursos obtenidos en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
Se computarán únicamente los cursos directamente vinculados con la categoría y especialidad del
puesto de trabajo y siempre que hayan sido impartidos por entidades públicas, sindicatos o entidades
privadas, pero en este último caso deberán estar reconocidos por una administración pública.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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