Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2022-6670)
BOP-2022-6670 Convocatoria y bases para proceso de estabilización de empleo temporal de una plaza, ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso de selección, que
actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del mismo proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos. No obstante, en las convocatorias
específicas de cada puesto se podrá exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos como pruebas
psicotécnicas o físicas, que guarden relación directa y objetiva con las funciones y tareas a desempeñar.
Respecto a la determinación de los méritos, siempre deberá cumplirse con la prohibición de que los
procesos sean restringidos. Ni formal ni materialmente su determinación puede implicar la posibilidad de
que personas distintas a las que ocupan estos puestos puedan presentarse o puedan tener una puntuación
necesaria para obtener la plaza.
a) Experiencia: hasta un máximo de 60 puntos:
Por haber prestado servicios como personal funcionario interino
en otros cuerpos o escalas o como personal laboral temporal en
otras categorías profesionales y especialidades en cualquier
administración pública.
0,75 puntos por año o fracción superior
a 6 meses, hasta un máximo de 20
puntos.
Por haber prestado servicios como personal funcionario interino
en el mismo cuerpo y escala o personal laboral temporal en la
misma categoría profesional y especialidad a la que se refieren
las presentes bases en cualquier administración pública.
1,25 puntos por año o fracción superior
a 6 meses, hasta un máximo de 40
puntos
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción de la
jornada realmente trabajada.
La experiencia profesional se acreditará a través de certificados de los servicios prestados emitidos
por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen presado. Dicha certificación deberá
contener, al menos, el subgrupo o en su caso grupo profesional y de titulación, el cuerpo, escala, categoría
CVE:
BOP-2022-6670
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34944
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso de selección, que
actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del mismo proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos. No obstante, en las convocatorias
específicas de cada puesto se podrá exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos como pruebas
psicotécnicas o físicas, que guarden relación directa y objetiva con las funciones y tareas a desempeñar.
Respecto a la determinación de los méritos, siempre deberá cumplirse con la prohibición de que los
procesos sean restringidos. Ni formal ni materialmente su determinación puede implicar la posibilidad de
que personas distintas a las que ocupan estos puestos puedan presentarse o puedan tener una puntuación
necesaria para obtener la plaza.
a) Experiencia: hasta un máximo de 60 puntos:
Por haber prestado servicios como personal funcionario interino
en otros cuerpos o escalas o como personal laboral temporal en
otras categorías profesionales y especialidades en cualquier
administración pública.
0,75 puntos por año o fracción superior
a 6 meses, hasta un máximo de 20
puntos.
Por haber prestado servicios como personal funcionario interino
en el mismo cuerpo y escala o personal laboral temporal en la
misma categoría profesional y especialidad a la que se refieren
las presentes bases en cualquier administración pública.
1,25 puntos por año o fracción superior
a 6 meses, hasta un máximo de 40
puntos
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción de la
jornada realmente trabajada.
La experiencia profesional se acreditará a través de certificados de los servicios prestados emitidos
por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen presado. Dicha certificación deberá
contener, al menos, el subgrupo o en su caso grupo profesional y de titulación, el cuerpo, escala, categoría
CVE:
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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