Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6650)
BOP-2022-6650 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Educador/a de la Guardería Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Pinofranqueado se certificarán de
oficio por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de
Selección y al interesado/a. En el certificado se especificará el puesto o puestos
objetos de la convocatoria.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras
Administraciones Públicas mediante certificación expedida por el responsable de la
unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá
constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido o fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa o tiempo parcial y
su porcentaje).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre
30, de tal manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero,
despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como
servicios prestados en régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial
serán valorados con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de
servicios especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados
en la categoría a los efectos de este baremo.
b) Otros méritos (20 puntos máximos)
b.1) Formación: Máximo 10 puntos
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas,
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas,
Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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