Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6650)
BOP-2022-6650 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Educador/a de la Guardería Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
relacionado con las funciones propias del Cuerpo, Escala y Subescala o categorías
profesionales que se opta. Así mismo, se valorarán los cursos de formación
recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
los Agentes anteriores, contenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las
siguientes áreas: Prevención de riesgos laborales, violencia de género, igualdad e
informática.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a
su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal
valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que
se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copias de
los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutoría, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas: 0,60 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Por impartir cursos o actividades formativas:
Actividades formativas impartidas de menos de10 horas y las que no especifiquen
número de horas: 0,60 puntos por cada actividad formativa.
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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