Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6630)
BOP-2022-6630 Bases para la provisión de una plaza de Monitor/a Deportivo/a, mediante concurso-oposición correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
orden de puntuación final obtenida, y la hará pública en el tablón de anuncios, página
web municipal y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0.
De acuerdo con esta lista, se elevará a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación,
además del acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento a favor de la persona
aspirante que haya superado el proceso con la mayor puntuación.
12.2.- En el acta de la última sesión se incluirá una relación de las personas aspirantes
que, habiendo superado los ejercicios de la oposición, no se hayan incluido en la
propuesta de nombramiento, a los efectos de que, si por cualquier circunstancia la
persona aspirante propuesta no fuera nombrada como personal laboral fijo, pudiera
serlo, por orden de puntuación, la siguiente persona aspirante que haya superado las
pruebas.
Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, las personas aspirantes que
hayan superado los dos ejercicios de la convocatoria y no obtengan plaza pasarán a
constituir una bolsa de trabajo con el fin de atender futuras necesidades de personal
temporal, en la categoría de Monitor/a Deportivo/a, en el Ayuntamiento de Navalmoral
de la Mata.
12.3.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de
aprobados/as en el tablón de anuncios, página web municipal y en el tablón de anuncios
de la sede electrónica https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, las personas
aspirantes propuestas por el Tribunal Calificador presentarán, en la Secretaria
Municipal, los documentos acreditativos de los requisitos expresados en la base 2.
En particular, aportarán la siguiente documentación:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento
acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por
tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el
vínculo de parentesco y una declaración jurada del español/a o del nacional
de la Unión Europea con el/la que existe este vínculo, de que no está
separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la
persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Fotocopia y original de los títulos y/o habilitación exigidos en estas
bases, o certificación académica original que acredite haber realizado y
aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o
Cód.
Validación:
4T2JJ3FA4G2N2K7Z777FRE4NM
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
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de
30
CVE:
BOP-2022-6630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34372
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además del acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento a favor de la persona
aspirante que haya superado el proceso con la mayor puntuación.
12.2.- En el acta de la última sesión se incluirá una relación de las personas aspirantes
que, habiendo superado los ejercicios de la oposición, no se hayan incluido en la
propuesta de nombramiento, a los efectos de que, si por cualquier circunstancia la
persona aspirante propuesta no fuera nombrada como personal laboral fijo, pudiera
serlo, por orden de puntuación, la siguiente persona aspirante que haya superado las
pruebas.
Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, las personas aspirantes que
hayan superado los dos ejercicios de la convocatoria y no obtengan plaza pasarán a
constituir una bolsa de trabajo con el fin de atender futuras necesidades de personal
temporal, en la categoría de Monitor/a Deportivo/a, en el Ayuntamiento de Navalmoral
de la Mata.
12.3.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de
aprobados/as en el tablón de anuncios, página web municipal y en el tablón de anuncios
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aspirantes propuestas por el Tribunal Calificador presentarán, en la Secretaria
Municipal, los documentos acreditativos de los requisitos expresados en la base 2.
En particular, aportarán la siguiente documentación:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento
acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por
tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el
vínculo de parentesco y una declaración jurada del español/a o del nacional
de la Unión Europea con el/la que existe este vínculo, de que no está
separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la
persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Fotocopia y original de los títulos y/o habilitación exigidos en estas
bases, o certificación académica original que acredite haber realizado y
aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o
Cód.
Validación:
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