Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6628)
BOP-2022-6628 Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar de Hogar, mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Si la documentación se presenta a través
de oficinas de Correos, la solicitud deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada
y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificada junto con los
documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la
solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos
de notificaciones.
QUINTA.- Derechos de examen.
5.1.- Los derechos de examen serán de 12,00 €, que se ingresarán en alguno de los
siguientes números de cuentas, indicando en el concepto “Concurso de méritos una
plaza de Auxiliar de Hogar”:
ENTIDAD N.º CUENTA
BANCO BILBAO VIZCAYA
ARGENTARIA
IBAN ES85 0182 6232 8102 0010 0798
UNICAJA IBAN ES35 2103 7102 4100 3001 7135
BANCO SANTANDER IBAN ES08 0049 2522 6124 1479 3427
En ningún caso la presentación y pago de las tasas supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en la base
cuarta.
5.2.- De acuerdo con lo establecido en la NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales,
de la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata reguladora de la
tasa por expedición de documentos administrativos:
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo
correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota
prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas selectivas
para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2. Deberán aportar
certificación acreditativa del Centro de Empleo correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan
reconocida por la Administración Pública competente un grado de discapacidad
superior al 33 por 100, abonarán por su participación en pruebas selectivas a
cualquiera de los apartados anteriores 1. y 2., la cantidad de cero euros.
Deberán aportar fotocopia compulsada de la declaración administrativa de
invalidez o disminución física expedida por el Organismo o autoridad
competente.
3) Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los funcionarios o personal laboral de
Cód.
Validación:
XJSME7LXHY4G2E7YJTESCA9XC
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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