Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6619)
BOP-2022-6619 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de tres plazas de Técnicos de Educación Infantil, personal laboral fijo, en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos de formación, recibidos o
impar dos, que hayan sido convocados u homologados por el Ins tuto Nacional de
Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones
dependientes de ellas, organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y
colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones
propias del Cuerpo, Escala y Subescala o categorías profesionales que se opta. Así mismo, se
valorarán los cursos de formación recibidos , que hayan sido convocados , impar dos u
homologados por los Agentes anteriores, contenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los/as empleados/as públicos/as.
Son materias transversales a efectos forma vos los correspondientes a las siguientes áreas:
Prevención de riesgos laborales, violencia de género, igualdad e informá ca.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción forma va cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las ac vidades forma vas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que
se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o cer ficados originales o copias de los
mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prác cas,
colaboraciones o tutoría, y los diplomas rela vos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria. La valoración se realizará de acuerdo con el
siguiente baremo:
• Menos de 20 horas: 1 puntos.
• De 20 a 50 horas: 2 puntos.
• De 51 a 80 horas: 3 puntos.
• De 81 a 150 horas: 5 puntos.
• De 151 a 300 horas: 7 puntos.
CVE:
BOP-2022-6619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34082
-CÁCERES-
Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos de formación, recibidos o
impar dos, que hayan sido convocados u homologados por el Ins tuto Nacional de
Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones
dependientes de ellas, organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y
colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones
propias del Cuerpo, Escala y Subescala o categorías profesionales que se opta. Así mismo, se
valorarán los cursos de formación recibidos , que hayan sido convocados , impar dos u
homologados por los Agentes anteriores, contenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los/as empleados/as públicos/as.
Son materias transversales a efectos forma vos los correspondientes a las siguientes áreas:
Prevención de riesgos laborales, violencia de género, igualdad e informá ca.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción forma va cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las ac vidades forma vas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que
se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o cer ficados originales o copias de los
mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prác cas,
colaboraciones o tutoría, y los diplomas rela vos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria. La valoración se realizará de acuerdo con el
siguiente baremo:
• Menos de 20 horas: 1 puntos.
• De 20 a 50 horas: 2 puntos.
• De 51 a 80 horas: 3 puntos.
• De 81 a 150 horas: 5 puntos.
• De 151 a 300 horas: 7 puntos.
CVE:
BOP-2022-6619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34082