Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6619)
BOP-2022-6619 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de tres plazas de Técnicos de Educación Infantil, personal laboral fijo, en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
• Más de 300 horas: 8 puntos.
2. Titulación: Por estar en posesión de tulación de nivel superior a la mínima exigida para el
ingreso .
Por estar en posesión de tulación superior a la exigida para el ingreso: 8 puntos.
No se valorarán los tulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de tulación, sólo se admi rán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes. Se valorarán aquellas tulaciones que hayan sido
aprobadas mediante acuerdo de Consejo de Ministros publicada en el Bole n Oficial del
Estado e inscrita en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán
mediante su cer ficado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio
que ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
b) Formación específica: Máximo de 6 puntos.
Se valorarán adicionalmente respecto a la puntuación obtenida en formación general, el estar
en posesión de acciones forma vas vinculadas a las siguientes materias:
1. Formación específica a razón de 1 punto por tulación, hasta un máximo de 6 puntos,
relacionada con las siguientes materias:
-Competencia digital docente
- Necesidades educa vas específicas en Educación Infan l
- Metodología de pequeños proyectos en Educación Infan l
- Psicología básica para educadores
- Didác ca basada en el juego en Educación Infan l.
- Inteligencias múl ples para docentes.
- Método Montessori.
En ningún caso el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno dis nto de los
alegados y jus ficados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias,
salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de
CVE:
BOP-2022-6619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34083
-CÁCERES-
• Más de 300 horas: 8 puntos.
2. Titulación: Por estar en posesión de tulación de nivel superior a la mínima exigida para el
ingreso .
Por estar en posesión de tulación superior a la exigida para el ingreso: 8 puntos.
No se valorarán los tulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de tulación, sólo se admi rán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes. Se valorarán aquellas tulaciones que hayan sido
aprobadas mediante acuerdo de Consejo de Ministros publicada en el Bole n Oficial del
Estado e inscrita en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán
mediante su cer ficado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio
que ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
b) Formación específica: Máximo de 6 puntos.
Se valorarán adicionalmente respecto a la puntuación obtenida en formación general, el estar
en posesión de acciones forma vas vinculadas a las siguientes materias:
1. Formación específica a razón de 1 punto por tulación, hasta un máximo de 6 puntos,
relacionada con las siguientes materias:
-Competencia digital docente
- Necesidades educa vas específicas en Educación Infan l
- Metodología de pequeños proyectos en Educación Infan l
- Psicología básica para educadores
- Didác ca basada en el juego en Educación Infan l.
- Inteligencias múl ples para docentes.
- Método Montessori.
En ningún caso el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno dis nto de los
alegados y jus ficados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias,
salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de
CVE:
BOP-2022-6619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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