Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2022-6613)
BOP-2022-6613 Resolución de Alcaldía n.º 2022-0728 por la que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Auxiliar de Biblioteca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montehermoso
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificación emitida por la Administración competente
donde haya desempeñado el trabajo, en la cual se haga constar claramente la duración del servicio,
categoría profesional desempeñada e informe de Vida Laboral. En esta documentación deberá constar el
puesto de trabajo, régimen jurídico de vinculación, tipo de vínculo, la fecha de inicio y finalización del
nombramiento o relación laboral (o en su caso de que continúa vigente) y tipo de jornada.
No podrá ser valorada aquella relación de trabajo de la que no se acredite la totalidad de los datos
reseñados.
6.3.2. MÉRITOS ACADÉMICOS: HASTA UN MÁXIMO DEL 40%:
A)Titulación hasta un máximo de 25 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida como requisito de ingreso en la
Base segunda.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior,
siendo valorado en estos casos únicamente el título de nivel superior.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia de la titulación
correspondiente. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
B)Cursos de formación y perfeccionamiento hasta un máximo de 12 puntos.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento, con una antigüedad no
superior a ocho años, directamente relacionados con las funciones a desempeñar de la plaza de Auxiliar de
Bibliotecas, y en cualquier caso los cursos que versen sobre Igualdad de Género, Prevención de Riesgos
Laborales y Administración Electrónica e Informática.
Para la valoración de los mismos, deberán haber sido impartidos, organizados o avalados por:
- Administraciones Públicas.
- Centros de formación u organizaciones sindicales en cuanto a cursos desarrollados en ejecución de un
plan de formación continua de las Administraciones Públicas.
- Centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional así como los
impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y
cualquier otro financiado con fondos públicos.
En relación a los cursos de contenido informático, solo se valorarán los que versen sobre los programas
Word, Excel, Access, Outlook y del paquete de oficina Microsoft Office.
Serán acreditados por los aspirantes con la presentación de copia de la certificación, título o diploma
correspondiente. En los mismos deberán quedar reflejados las horas, los programas desarrollados y las
materias sobre las que versaron. No se valorarán aquellos títulos expresados en créditos en los que no
figure su equivalencia en horas.
C)Conocimiento de idiomas hasta un máximo de 3 puntos:
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial reconocido
6.3.3. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS
Servicios prestados, hasta un máximo de 60 puntos:
Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Montehermoso ocupando el puesto de trabajo
correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria.
0,50 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 60 puntos.
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.5 de 8
Cód.
Validación:
547NXTMDKS75QTEDMHSQNPWW6
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Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2022-6613
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34002
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificación emitida por la Administración competente
donde haya desempeñado el trabajo, en la cual se haga constar claramente la duración del servicio,
categoría profesional desempeñada e informe de Vida Laboral. En esta documentación deberá constar el
puesto de trabajo, régimen jurídico de vinculación, tipo de vínculo, la fecha de inicio y finalización del
nombramiento o relación laboral (o en su caso de que continúa vigente) y tipo de jornada.
No podrá ser valorada aquella relación de trabajo de la que no se acredite la totalidad de los datos
reseñados.
6.3.2. MÉRITOS ACADÉMICOS: HASTA UN MÁXIMO DEL 40%:
A)Titulación hasta un máximo de 25 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida como requisito de ingreso en la
Base segunda.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior,
siendo valorado en estos casos únicamente el título de nivel superior.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia de la titulación
correspondiente. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
B)Cursos de formación y perfeccionamiento hasta un máximo de 12 puntos.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento, con una antigüedad no
superior a ocho años, directamente relacionados con las funciones a desempeñar de la plaza de Auxiliar de
Bibliotecas, y en cualquier caso los cursos que versen sobre Igualdad de Género, Prevención de Riesgos
Laborales y Administración Electrónica e Informática.
Para la valoración de los mismos, deberán haber sido impartidos, organizados o avalados por:
- Administraciones Públicas.
- Centros de formación u organizaciones sindicales en cuanto a cursos desarrollados en ejecución de un
plan de formación continua de las Administraciones Públicas.
- Centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional así como los
impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y
cualquier otro financiado con fondos públicos.
En relación a los cursos de contenido informático, solo se valorarán los que versen sobre los programas
Word, Excel, Access, Outlook y del paquete de oficina Microsoft Office.
Serán acreditados por los aspirantes con la presentación de copia de la certificación, título o diploma
correspondiente. En los mismos deberán quedar reflejados las horas, los programas desarrollados y las
materias sobre las que versaron. No se valorarán aquellos títulos expresados en créditos en los que no
figure su equivalencia en horas.
C)Conocimiento de idiomas hasta un máximo de 3 puntos:
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial reconocido
6.3.3. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS
Servicios prestados, hasta un máximo de 60 puntos:
Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Montehermoso ocupando el puesto de trabajo
correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria.
0,50 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 60 puntos.
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