Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. (BOP-2022-6562)
BOP-2022-6562 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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6.8. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y las personas
aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
6.9. Contra las resoluciones adoptadas por el Tribunal, y sin perjuicio del posible
recurso de alzada o cualquier otro que pudiera interponerse de conformidad con la
legislación vigente, los/las aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio
Tribunal Calificador dentro del plazo que éste acuerde a partir de la publicación en el
Tablón de Anuncios de esta Administración de dichas resoluciones.
6.10. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el
Tribunal se clasifica en la categoría Segunda, siendo el número de asistencias previstas
de una.
Base séptima: Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes se realizará a través del
sistema de concurso de méritos, conforme a lo previsto en la disposición adicional sexta
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y se desarrollará con arreglo a las siguientes
reglas, análogas a las aprobadas por la Diputación Provincial de Cáceres y publicadas en
el BOP núm. 159 de 19-08-2022:
7.1. Concurso de méritos.
El Concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados en el momento
de la solicitud de participación, de acuerdo con el baremo de méritos establecido. Sólo
podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de
admisión de instancias de la convocatoria.
Se valorarán los méritos de acuerdo con la siguiente graduación: Puntuación
máxima 100 puntos.
A) Experiencia profesional: (Máximo 80 puntos).
A.1) Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de la plaza o
puesto a cubrir en la administración convocante como personal funcionario interino o
personal laboral temporal ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria: 1 puntos por mes completo, hasta un máximo de 80
puntos.
A.2) Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de la plaza o
puesto a cubrir en la administración convocante como personal funcionario interino o
personal laboral temporal en plazas de igual denominación y del mismo grupo y
subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas: 0,33 puntos por mes completo,
hasta un máximo de 80 puntos.
A.3) Por los servicios prestados desempeñando funciones propias de la plaza o
puesto a cubrir en otras administraciones públicas, incluidas el resto de administraciones
locales, como personal funcionario interino o personal laboral temporal en plazas de
igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 80 puntos.
Mes completo se considera 30 días naturales, despreciándose los decimales.
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
Cód.
Validación:
5SWW25TTE53XX3ZL6Z9NXJXWZ
|
Verificación:
https://casaresdelashurdes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6562
Verificable
en:
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33440
6.8. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y las personas
aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
6.9. Contra las resoluciones adoptadas por el Tribunal, y sin perjuicio del posible
recurso de alzada o cualquier otro que pudiera interponerse de conformidad con la
legislación vigente, los/las aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio
Tribunal Calificador dentro del plazo que éste acuerde a partir de la publicación en el
Tablón de Anuncios de esta Administración de dichas resoluciones.
6.10. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el
Tribunal se clasifica en la categoría Segunda, siendo el número de asistencias previstas
de una.
Base séptima: Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes se realizará a través del
sistema de concurso de méritos, conforme a lo previsto en la disposición adicional sexta
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y se desarrollará con arreglo a las siguientes
reglas, análogas a las aprobadas por la Diputación Provincial de Cáceres y publicadas en
el BOP núm. 159 de 19-08-2022:
7.1. Concurso de méritos.
El Concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados en el momento
de la solicitud de participación, de acuerdo con el baremo de méritos establecido. Sólo
podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de
admisión de instancias de la convocatoria.
Se valorarán los méritos de acuerdo con la siguiente graduación: Puntuación
máxima 100 puntos.
A) Experiencia profesional: (Máximo 80 puntos).
A.1) Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de la plaza o
puesto a cubrir en la administración convocante como personal funcionario interino o
personal laboral temporal ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria: 1 puntos por mes completo, hasta un máximo de 80
puntos.
A.2) Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de la plaza o
puesto a cubrir en la administración convocante como personal funcionario interino o
personal laboral temporal en plazas de igual denominación y del mismo grupo y
subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas: 0,33 puntos por mes completo,
hasta un máximo de 80 puntos.
A.3) Por los servicios prestados desempeñando funciones propias de la plaza o
puesto a cubrir en otras administraciones públicas, incluidas el resto de administraciones
locales, como personal funcionario interino o personal laboral temporal en plazas de
igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 80 puntos.
Mes completo se considera 30 días naturales, despreciándose los decimales.
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
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