Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldea del Cano. (BOP-2022-6549)
BOP-2022-6549 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, una plaza de Auxiliar Administrativo/a, personal laboral, derivadas del proceso extraordinario de estabilización previsto en la ley 20/2021.
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Ayuntamiento de Aldea del Cano
Las resoluciones del tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o los
trámites afectados por las irregularidades.
6.7. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la presidencia a la alcaldía en el plazo
máximo de 10 días. La Presidencia podrá requerir a los miembros de los órganos de selección
una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención
legalmente previstas.
6.8. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos del artículo 23
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme establece el artículo 24 del referido texto
legal.
6.9. El tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo
y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no
previsto en estas bases.
SÉPTIMA.- FASE DE OPOSICIÓN
7.1. La fase de oposición estará compuesta de 2 ejercicios obligatorios y no eliminatorios para
todos los aspirantes. No obstante, los aspirantes deberán obtener un mínimo de 30 puntos en
el total de la fase de oposición para entenderla superada. En esta fase, la puntuación máxima
será de 60 puntos.
Corresponderá al tribunal resolver la procedencia y concreción de las adaptaciones de tiempos
y medios solicitadas por los opositores, en su caso, en función de las circunstancias
específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el
que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados
públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
7.2. La actuación de los aspirantes, si no puede realizarse conjuntamente, se iniciará por orden
alfabético de apellidos a partir de la letra “P”, según recoge la Resolución de 16 de febrero de
2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad resultado del
sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las
pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022 (D.O.E. número 36, de 22 de febrero
de 2022).
7.3. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 40 preguntas con
respuestas alternativas, que versará sobre el temario que se Incluye como Anexo III a la
presente convocatoria.
Cada pregunta bien contestada se valorará con 1 punto, las preguntas mal contestadas no se
penalizan . Las preguntas no contestadas no se valorarán ni en sentido positivo ni negativo.
El cuestionario contendrá varias preguntas de reserva, claramente identificadas como tales,
en el número que acuerde el tribunal, que sustituirán por su orden a las preguntas que en su
caso pudieren ser objeto de anulación. Dichas preguntas de reserva sólo serán valoradas en el
caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Las preguntas en
Ayuntamiento de Aldea del Cano
Plza. Mayor, 1, Aldea del Cano. 10163 (Cáceres). Tfno. 927383002. Fax: 927383180
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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