Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2022-6519)
BOP-2022-6519 Aprobación de las Bases Generales en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal.
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competente en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la relación de aprobados en
el tablón de anuncios y sede electrónica municipal, debiendo tomar posesión en el plazo
máximo, de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la
resolución de nombramiento en el caso de los funcionarios de carrera.
Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Siendo este caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente
contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca.
Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
UNDÉCIMA. BOLSA DE PERSONAL LABORAL.
Concluido el proceso selectivo se confeccionará una bolsa de trabajo de cada puesto para la
contratación, en su caso, de personal temporal y, correspondiente a la subescala y
especialidad convocada. Se elaborará con las personas aspirantes que hayan obtenido, al
menos, cincuenta puntos del proceso selectivo.
El orden de la lista vendrá determinado por los candidatos, atendiendo al orden de puntuación.
La Bolsa de empleo será utilizada para los casos en que proceda realizar nombramientos
temporales para atender a necesidades urgentes e inaplazables, y que afecten a servicios
municipales esenciales o de carácter prioritario que suponga la vacante temporal de un puesto
de trabajo del Ayuntamiento de La Cumbre, siempre que así se autorice y acuerde por los
órganos municipales competentes, con estricta sujeción a las limitaciones que en materia de
contrataciones laborales temporales establezcan en la normativa básica estatal.
Las bolsas de empleo de todos los procesos que se convoquen, no implican en ningún caso un
nombramiento o contratación, sino una expectativa.
El llamamiento para efectuar el nombramiento como personal laboral temporal, se efectuará
mediante llamada telefónica y correo electrónico, al que ocupe el primer lugar de la Bolsa de
Trabajo, por riguroso orden de puntuación.
CVE:
BOP-2022-6519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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