Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2022-6519)
BOP-2022-6519 Aprobación de las Bases Generales en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal.
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El resultado de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de
ellas, será la puntuación final.
En la selección mediante concurso de méritos, la puntuación final será la resultante de la suma
de los méritos aportados, según el baremo por el que se rija su valoración.
Finalizado el proceso de selección, por la Alcaldía se dictará Resolución aprobando relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de todas y
cada una de las fases del proceso selectivo, propuesta por el Tribunal de Selección y se
publicará en el plazo máximo de un mes, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de La
Cumbre y sede electrónica municipal: https://lacumbre.sedelectronica.es/
Dicho plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada.
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca
la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria
de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios
de carrera o contratación como personal laboral fijo.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://lacumbre.sedelectronica.es/ y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para
mayor difusión, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria (Anexo I y II que se publicarán junto con las bases específicas).
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados
funcionarios de carrera o contratados como personal laboral fijo por el titular del órgano
CVE:
BOP-2022-6519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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